El 19 de marzo es el día marcado en el calendario para el inicio de la campaña de la Declaración de la Renta 2023-2024, que concluirá el 1 de julio. Quedan 15 días para que se habilite el acceso al borrador de la declaración. A partir del 3 de abril se podrá realizar la presentación a través de la plataforma Renta Web o de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
Entre las fechas señaladas, a partir del 29 de abril será posible solicitar cita previa para atención telefónica y se podrá presentar el 7 de mayo. Por su parte, la atención presencial se ofrecerá desde el 3 de junio, con cita previa que se puede comunicar desde el 29 de mayo.
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital están obligadas a presentar la declaración, mientras que las que no tengan ingresos anuales superiores a 22.000 euros procedentes de un pagador, no.
En esta campaña, como novedad, se amplía el límite mínimo para no declarar en 1.000 euros en el caso de tener dos o más pagadores, pasando de 14.000 euros brutos anuales y a 15.000 euros, siempre y cuando la suma de los siguientes pagadores no supere los 1.000 euros.
Según ha indicado el Instituto Santa Lucía, finaliza la ampliación de la deducción por maternidad para madres trabajadoras con menores de 3 años en paro o cese de actividad, una extensión que ha durado entre las campañas de 2020, 2021 y 2022.
Otra novedad es que se introduce un nuevo tramo para los beneficios obtenidos de las rentas derivadas del ahorro, es decir, dividendos procedentes de acciones, ganancias obtenidas por inversiones en fondos o los depósitos a plazo fijo, entre otros. Así, se incluye un quinto tramo que repercute en aquellos contribuyentes que superen los 300.000 euros, aplicándoles un tipo del 28%. Asimismo, se eleva el tipo para los que ganen más de 200.000, pasando del 26% al 27%.