El coste de las hipotecas continúa creciendo sin límite y cada vez asfixia más a las familias. Es por ello que la Banca ha propuesto al Gobierno central una medida para tratar de aliviar la carga económica de estos préstamos. En concreto, se ha planteado alargar el plazo de vencimiento de las hipotecas para reducir el pago mensual.
Está previsto que esta ayuda se ofrezca a las familias cuyas hipotecas hayan experimentado un aumento de, al menos, el 30% tras la revisión pertinente por el alza del Euribor y siempre que no se alcancen los 24.318 euros de ingresos netos anuales.
Aumento del plazo para las hipotecas concedidas a partir de 2012
Esta medida de alivio fiscal estará disponible para todas las hipotecas de tipo variable, según se expresa en el real decreto-ley, que, además de cumplir los requisitos anteriormente explicados, fueran concedidas de 2012 en adelante para la compra de una primera vivienda.
Además, debe superarse el 40% de endeudamiento, o lo que es lo mismo, que el pago del préstamo consuma ese porcentaje o más de los ingresos netos de la familia. Estas novedades están englobadas en el Código de Buenas Prácticas del Gobierno, impulsado por el Ministerio de Asuntos Económicos y su duración inicial será de un año.
Reducción de impuestos para las entidades que colaboren
Todas las entidades bancarias están invitadas a adherirse a este plan y verán recompensada su colaboración con una reducción de los impuestos a pagar. En concreto, las entidades que notifiquen al Banco de España su participación estarán exentas del pago del impuesto de actos jurídicos documentados para la novación de las hipotecas. No ocurrirá así con los derechos notariales y arancelarios que correrán a cargo del banco, si bien se abonarán de vuelta en un 50% del total.
Un aspecto muy importante a reseñar es que, en ningún caso, la cuota obtenida tras la novación será inferior a la ya existente antes del aumento del tipo de interés variable, del mismo modo que el plazo de amortización no podrá superar los 40 años desde la fecha de concesión inicial del préstamo.
Por último, las entidades que decidan ofrecer estas medidas estarán obligadas a responder a sus clientes en un plazo máximo de 45 días y entregarles la documentación que cada uno considere oportuna. Del mismo modo, se reserva el derecho a que cada uno aplique sus propias medidas complementarias para tratar de paliar la subida indiscriminada de los costes hipotecarios.
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