Adiós a las prácticas pagadas a empresas por la universidad: tampoco habrá dinero para fundaciones y ONG

El Gobierno quiere prohibir que las universidades paguen o donen dinero a empresas para que sus alumnos hagan prácticas con objeto de salvaguarar el "acceso igualitario" del estudiantado universitario

Un examen de universitarios en la Universidad: Pablo de Olavide de Sevilla.
Un examen de universitarios en la Universidad: Pablo de Olavide de Sevilla.

Nueva medida del Gobierno de coalición de PSOE y Sumar en lo que respecta a las universidades. Si bien aún no ha sido aprobada y solamente presentada en el Congreso, el ejecutivo quiere que no se puedan vincular los periodos de prácticas académicas curriculares a contraprestación o donación por parte de las universidades, ya sean de titularidad pública o privada, ni directamente ni a través de fundaciones u organizaciones vinculadas con ellos.

Para ello, el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Sumar han registrado en el Congreso de los Diputados una enmienda, que recoge Europa Press, con objeto de modificar la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) a través de la Ley de la Agencia Estatal de Salud, que ha empezado su tramitación en la Cámara Baja.

PSOE y Sumar justifican en la enmienda que, a fin de salvaguardar el acceso igualitario de todo el estudiantado universitario al universo de posibilidades que constituyen las prácticas académicas externas, cuando revisten naturaleza curricular "se considera fundamental que las mismas no impliquen, en el momento de acordarse, una transacción económica (bajo forma de precio o de donación) entre el centro de origen y el de destino".

Cabe recordar que la naturaleza curricular está recogida en el Plan de Estudios. El objetivo de esta medida es "evitar que la mayor capacidad económica de determinadas instituciones de educación superior pueda condicionar el adecuado ejercicio de esta obligación curricular por parte del estudiantado universitario".

El texto acordado por PSOE y Sumar recuerda que existe un "precedente inequívoco" en el ámbito de la Formación Profesional, ya que la Ley de Enseñanzas Artísticas Superiores modificó la Ley de la FP.

Sin distinción alguna

Con esta propuesta, el Gobierno pretende extender esta medida también al ámbito de la educación universitaria, de forma que las universidades, centros y estructuras autorizadas para impartir enseñanzas universitarias, sean de titularidad pública o privada, puedan establecer los acuerdos que estimen oportunos con las empresas, instituciones, entidades u organismos, públicos o privados, nacionales o extranjeros, "que aseguren el acceso efectivo de todo el estudiantado universitario a la realización de las prácticas académicas externas en dichas empresas, instituciones, entidades u organismos".

Pilar Alegría, ministra de Educación del Gobierno de España.
Pilar Alegría, ministra de Educación del Gobierno de España.

"Todo ello, sin que dicho período pueda vincularse a contraprestación o donación por parte de la universidad, centro o estructura, ni directamente ni a través de fundaciones u organizaciones vinculadas con ellos, cuando dichas prácticas académicas externas sean curriculares, es decir, cuando constituyan actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate", explica la enmienda.

PSOE y Sumar proponen modificar el artículo 9 de la LOSU, relativo a la estructura de las enseñanzas oficiales, añadiendo que las universidades, centros y estructuras autorizadas para impartir enseñanzas oficiales universitarias, sean de titularidad pública o privada, establecerán los acuerdos con las empresas, instituciones, entidades u organismos, públicos o privados, nacionales o extranjeros, que aseguren el acceso efectivo de todo el estudiantado universitario a la realización de las prácticas académicas externas en dichas empresas, instituciones, entidades u organismos.

La enmienda quiere incluir en la LOSU que no se pueda vincular dicho período de prácticas académicas externas a contraprestación o donación por parte de la universidad, centro o estructura, ni directamente ni a través de fundaciones u organizaciones vinculadas con ellos, cuando dichas prácticas académicas externas sean curriculares, constituyendo actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate.

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S. C.

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