La Asociación de Profesionales Valoradores de la Dependencia en Andalucía (AproVadA) presenta un recurso de reposición contra la Oferta Pública de Empleo (OPE) presentada por la Junta de Andalucía el pasado 24 de diciembre, que ha definido como "una trampa del gobierno de PP y Ciudadanos para incumplir la Ley estatal contra el abuso de la temporalidad".
AproVadA apunta en un comunicado que el gobierno andaluz aprobó una OPE "solo 4 días antes de que el Gobierno de España publicara la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tras pasar por el Senado el 22 de diciembre sin cambios, por lo que Función Pública de la Junta sabía que se publicaría días después en el BOE".
El presidente de AproVadA, David Núñez, anuncia que "ante semejante atropello hemos presentado un recurso de reposición contra la OPE publicada por la Junta de Andalucía". También critica que el Gobierno andaluz "no contempla a todos y cada uno de los funcionarios interinos, estatutarios y laborales temporales, contratados temporales en las agencias y los indefinidos no fijos por sentencia judicial, en la Junta de Andalucía, que se encuentran en fraude de Ley por abuso de la temporalidad. Función Pública ha incluido las plazas que habían sido convocadas en la OPE de estabilización anterior del Decreto 213/2017 y 406/2018 y van a quedar desiertas porque hay menos aprobados que plazas convocadas".
Según Núñez, "las plazas de la estabilización anterior que queden desiertas se tienen que volver a incluir en la nueva OPE de estabilización, pero en aplicación de la Ley 20/2021, que obliga a convocarlas por concurso de méritos según el artículo 61.6 y 7 del Estatuto Básico del Empleado Público. Es posible que la Junta de Andalucía haya publicado esas plazas cinco días antes, para aplicar el Real Decreto Ley 14/2020 y así no convocarlas por concurso de méritos sino por concurso-oposición".
"Excluir del concurso de méritos las plazas de la estabilización anterior que queden desiertas es una injusticia, porque impide el ejercicio de un derecho que reconoce una Ley del Estado, aplicando cinco días antes una disposición normativa de rango inferior, y además es ilegal, porque al no especificarlo el artículo 2 de dicho Real Decreto Ley, se aplica directamente el apartado 5 de ese mismo artículo, que prohíbe los procesos selectivos que supongan, como sería el caso, incremento del gasto o de efectivos", ha agregado.
En este contexto, la Comisión Promotora ha registrado esta misma mañana otra Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para que sea en el Parlamento de Andalucía donde se aprueben las condiciones de aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, "contra el abuso de la temporalidad aprobada en el Congreso de los Diputados". "Recordamos que está pendiente aún de resolución del Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de PP, Ciudadanos y Vox de finalizar la primera ILP del 61.6 sin participación y hurtando el debate", ha recordado la nota de prensa.
La asociación destaca que "una vez que se aprueba una ley estatal que sí cumple con el artículo 61.6, tal y como propuso esta comisión promotora, y que llegó al Parlamento con más de 50.000 firmas y sin ningún voto en contra, el gobierno de PP y Ciudadanos pretende hacer trampas para burlar el cumplimiento de la ley". "Con esta nueva iniciativa se propone que se aplique, según proceda, el concurso de méritos o el concurso oposición, que reclaman que sea no eliminatorio, a funcionarios interinos, estatutarios y laborales temporales y contratados temporales en las agencias, incluyendo al personal declarado indefinidos no fijo por sentencia; que se encuentren al servicio de la Junta de Andalucía, de Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos", asegura.
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