El Constitucional anulará la malversación de la condena de Griñán: el expresidente no pisará la cárcel

El Tribunal prevé continuar el mismo camino que con los ex altos cargos socialistas Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo y Miguel Ángel Serrano

José Antonio Griñán, en una imagen de archivo. El Constitucional anulará su sentencia.

Todo hace indicar que el ex presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, se librará definitivamente de entrar en prisión. La ponencia del Tribunal Constitucional propone anular la condena que recibió el dirigente socialista por malversación en el caso ERE. Al igual que ha sucedido ya con otros condenados, la magistrada Inmaculada Montalbán plantea en su ponencia anular la sentencia y ordenar a la Audiencia Provincial de Sevilla que dicte una nueva.

Griñán fue condenado a seis años de cárcel y quince de inhabilitación. La resolución del Constitucional supondría eliminar la pena de prisión y rebajar considerablemente la inhabilitación. A pesar de su condena, el expresidente ha sido uno de los pocos implicados que no ha entrado en prisión debido al tratamiento de la grave enfermedad que padece.

El Constitucional estudiará el recurso de Griñán el 16 de julio, después de haberse pronunciado sobre los de otros siete condenados por el 'caso de los ERE'. De momento, las sentencias del tribunal de garantías han supuesto la libertad de tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía: la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el ex consejero de Innovación Francisco Vallejo y el ex director del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar.

El Constitucional mantiene en esta ponencia el mismo argumento que ha permitido al resto de consejeros salir de prisión. Según el TC, la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutiva de este delito. En cualquier caso, habrá que esperar a la próxima semana para conocer la sentencia sobre Griñán ya que caso tiene sus propios matices, porque no todos los condenados ocuparon los mismos cargos ni actuaron en los mismos años.

Una de las mayores diferencias, han apuntado dichas fuentes, recae en el paraguas legal que, según el TC, tuvieron los que participaron entre 2002 y 2009 (cuando se elaboraron y aprobaron los anteproyectos y proyectos de leyes de presupuestos andaluces) frente a los que lo hicieron entre 2000 y 2001 (cuando todavía no había esa ley de presupuestos y solo se hicieron modificaciones).

Archivado en: