El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, ha emitido un decreto para que todos los integrantes del Ministerio Fiscal den una respuesta uniforme que garantice el principio de unidad de actuación ante la revisión de sentencias firmes derivada de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, la llamada ley del solo sísolo sí es sí.
El Ministerio de Justicia ha señalado que este decreto respeta el "espíritu de la norma" al tiempo que ha agradecido la "rapidez" con la que ha actuado la Fiscalía General del Estado.
El decreto, que cuenta con el acuerdo y las aportaciones de la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo y los Fiscales de Sala Jefes de la Sección Penal del Tribunal Supremo y ante el Tribunal Constitucional, establece que no se revisarán las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma.
Es decir, la revisión sólo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal. Cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso.
El decreto, de obligado cumplimiento para los miembros del Ministerio Fiscal, se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una Circular del Fiscal General del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala.
El Fiscal General del Estado establece que la revisión procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal.
Por consiguiente, los fiscales llevarán a cabo un proceso de análisis individualizado de los procedimientos afectados por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, especialmente de los que ya hubieran concluido mediante sentencia condenatoria firme y se encuentren en fase de ejecución, al objeto de determinar si la nueva redacción y el nuevo marco penológico ofrecido a los tipos penales reformados resultan más beneficiosos para la persona condenada, que será oída en todo caso.
A fin de valorar qué ley resulta más beneficiosa, los fiscales tomarán en consideración la totalidad de las normas aplicables con arreglo a la actual y a la anterior redacción del Código Penal. Por lo tanto, se aplicará aquella versión que resulte en su conjunto más favorable al reo, sin que quepa seleccionar de cada cuerpo legislativo los concretos preceptos que de forma aislada favorezcan al responsable del delito, rechazando los que le perjudiquen (STS 477/2021, de 2 de junio).
Enlace al decreto.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha celebrado este lunes que la Fiscalía General del Estado haya unificado criterios para "aplicar adecuadamente" la Ley de Garantías de la Libertad Sexual, conocida como Ley 'solo sí es sí'.
A través de su cuenta de Twitter ha destacado que la Fiscalía "reafirma la jurisprudencia consolidada, revisión sin automatismos y observando el Código Penal completo". "La Ley Solo sí es sí es sólida y sirve para proteger los derechos de las mujeres", apunta en la red social.
Fuentes del departamento que dirige han señalado a Europa Press que la Fiscalía señala en su decreto de obligado cumplimiento que ya existe en España un derecho transitorio consolidado y recuerdan que esta afirmación coincide con lo expresado por Igualdad todos estos días, sobre que hay que ir caso por caso y huir de automatismos, y que los hechos deben ser revisados con el nuevo código penal completo, aplicando la ley en su totalidad y no de forma fragmentada.
Ñas mismas fuentes indican que, para Igualdad, este decreto del Ministerio Fiscal es un paso imprescindible y necesario para aplicar la ley correctamente y en su totalidad