Andalucía dejará de hacer seguimiento y rastreo a los positivos que no sean personas vulnerables. Así lo ha decidido la Junta tras la reunión mantenida este lunes a mediodía por el comité de expertos para decidir nuevas medidas ante el avance imparable de ómicron. Al tiempo, se ha anunciado como medida más relevante —ya se sabía que no habría restricciones duras ni toque de queda para frenar la sexta ola—, que se solicitará al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la prórroga del uso del certificado covid en residencias, hospitales, restauración y ocio nocturno hasta el 31 de enero.
A propuesta del Comité regional de alto impacto en Salud Pública, el llamado comité de expertos, la Junta ha modificado diversas actuaciones en el seguimiento y rastreo de los casos con covid y sus contactos, integrando el documento de la Comisión de Salud Pública del Ministerio de Sanidad sobre la adaptación de la estrategia detección precoz, vigilancia y control de covid-19 en periodo de alta transmisión comunitaria.
En casos de sospecha sin test de autodiagnóstico se deberá guardar aislamiento y avisar a los contactos estrechos, en estos casos se priorizará la realización de PDIA para confirmación de casos sospechosos en aquellos con sintomatología más grave, personas con mayor vulnerabilidad. En los casos de sospecha con test de autodiagnóstico, la persona deberá comunicarlo al Servicio Sanitario Público, preferiblemente a través de la aplicación Salud Responde, además de iniciar medidas de aislamiento y control. Se realizará PDIA en aquellos casos seleccionados en los que se precise.
Sobre las actuaciones en casos confirmado, en los casos asintomáticos o sintomáticos leves y sin factores de riesgo, se indicará aislamiento domiciliario y no se realizará seguimiento clínico activo. Mientras que en casos sintomáticos o de personas vulnerables se indicará aislamiento domiciliario y se realizará un seguimiento clínico activo.
Periodo mínimo de 7 días para el aislamiento de los confirmados
Se establece un periodo mínimo de 7 días para el aislamiento de los casos confirmados, si en el momento de finalización de este periodo la persona está asintomática y han transcurrido al menos tres días tras la resolución de los síntomas. Para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresión se mantiene el periodo de aislamiento mínimo de 21 días. Para el personal que trabaja en centros sanitarios o sociosanitarios se realizará un test de antígeno el día 7 antes de su reincorporación a su puesto de trabajo.
En cuanto al estudio de los contactos estrechos se priorizará en aquellos ámbitos en los que la exposición se considere de alto riesgo, dando preferencia a la petición de prueba PDIA en aquellos contactos estrechos con mayor riesgo de infección o de presentar cuadros graves y especialmente en personas vulnerables y personas que les atienden, y personal sanitario y sociosanitario.
Del mismo modo, no se realizará seguimiento telefónico de los contactos estrechos que están en cuarentena, pero sí se les dará las indicaciones pertinentes en caso de aparición de síntomas, salvo en aquellos ámbitos en los que se identifique una mayor vulnerabilidad. Tampoco se realizará seguimiento de contactos estrechos ocurridos en ningún medio de transporte colectivo, salvo que se tenga constancia de un brote.
De forma general, en el ámbito educativo (especialmente de Infantil y Primaria) y universitario no será necesario hacer cuarentenas de aulas completas. Ante la aparición de un brote, los profesionales de Epidemiología de Atención Primaria determinarán las actuaciones pertinentes en función de la situación concreta, en coordinación con la enfermera referente escolar o con la persona referente del ámbito universitario, en su caso.
El Comité de Alertas ha aprobado también una serie de recomendaciones para los contactos estrechos según su estado de inmunización. De este modo, a los contactos estrechos con pauta de vacunación completa se indicará que realicen únicamente actividades esenciales y reduzcan todo lo posible sus interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla quirúrgica durante los 10 días posteriores a la última exposición. Deben vigilar la aparición de síntomas. Los contactos estrechos no vacunados o con pauta de vacunación incompleta se someterán a cuarentena de 7 días de duración posteriores al último contacto con un caso confirmado. Extremarán las precauciones hasta los 10 días, reduciendo todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla.
¿Qué hacer si eres contacto estrecho de un positivo confirmado?
A todos los contactos estrechos de un caso confirmado de Covid-19, con independencia de su estado de inmunización, se les recomienda la utilización de mascarilla quirúrgica, vigilar su estado de salud y ante la aparición de cualquier síntoma avisar al sistema sanitario, realizar lavado de manos frecuente, evitar la toma de antitérmicos durante el periodo de vigilancia y ventilar adecuadamente los espacios cerrados o de uso frecuente.
Además, se insta a los casos confirmados a informar a sus contactos estrechos de que son contactos, por lo que durante los 10 días posteriores al último contacto se deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla. Especialmente se debe evitar el contacto con personas vulnerables y seguir siendo cuidadosos en los días posteriores. Además, deberán ponerse en contacto con la administración sanitaria en caso de aparición de síntomas.
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