La medianoche del sábado decae el estado de alarma. A las 00.00 horas del nueve de mayo, finalizará una situación jurídica excepcional que permite que se limiten derechos fundamentales. El Gobierno ha decidido no prorrogar el actual y las comunidades autónomas de todo color político tienen dudas sobre qué podrán hacer y qué no. Va más allá de ideologías. El presidente vasco, Íñigo Urkullu, del PNV, se preguntaba por qué tiene que haber restricciones asimétricas, temiendo un caos judicial, y se mostraba partidario de la prórroga.
El precedente sobre qué puede pasar es la situación previa al segundo estado de alarma. Entonces, medidas como los confinamientos perimetrales se ponían en duda y así pasó en Madrid, que cerró, abrió y cerró la Comunidad tras decisiones de un juez de primera instancia. Ahora, el Gobierno obliga a que sean los Tribunales Superiores de las comunidades autónomas los que se pronuncien en cinco días.
Acudiendo a la práctica, está el precedente del cierre perimetral de Aragón, que fue impedido en una localidad, mientras en otras, la misma medida se aprobó. Incluso, se aprobó el cierre de toda la comunidad. Es decir, si no se prevé, desde el domingo no solo se podrá mover cualquier ciudadano entre provincias andaluzas como hasta ahora, sino que se podrá salir y entrar en Andalucía sin causa justificada, como hasta ahora.
¿Qué pasará con los confinamientos que a día de hoy están en marcha? El ejemplo es el de Barbate. Este miércoles se aprobaba que se mantuvieran las medidas del cierre perimetral. Con eso en la mano, el domingo, en teoría, no se podría entrar y salir de la localidad. Ahora bien, si legalmente no está bien atado -y es posible porque ya no existirá el estado de alarma-, si no está bien justificado en base a lo que diga la Ley de Salud Pública, es posible que el TSJA, en un plazo de cinco días tras la denuncia de un ciudadano, declare ilegal el cierre perimetral. No será automático según prevé la Junta.
El toque de queda implica un confinamiento total durante la noche. Entre los juristas, existe cierta claridad de que no puede ponerse en marcha sin un estado de alarma que lo prevea. La Junta ha manifestado su intención de ponerlo en marcha cuando haga falta en el futuro, pero no desde el domingo, que no habrá.
Sí tendrá potestad la administración para obligar al confinamiento domiciliario cuando una persona sea sospechosa de covid o tenga la enfermedad. Obligar a la cuarentena en aislamiento es algo que ya puede prever la legislación previa española. Pero si el afectado lo rechaza, tendría que ser, en principio, un juez quien obligue al cierre en casa.
Otras medidas como el máximo de aforo en establecimientos de hostelería o algo tan simple como ir o no al fútbol se basará en las medidas particulares de otras administraciones. Es decir, los ayuntamientos podrán poner coto a los horarios. Andalucía puede recortarlos por ley. Y las autoridades deportivas pueden poner en marcha mecanismos para que no exista libertad de entrada a los estadios.
En definitiva, cada medida puesta en marcha hasta ahora tendrá un camino diferente: unas tendrán que ir a juzgados para que se convaliden, dependerá de las ganas de los ciudadanos particularmente de cumplir y no es de extrañar que un texto legal idéntico en dos comunidades autónomas sea convalidado por un TSJ pero tumbado por otro. Solo queda cruzar los dedos y que la vacunación siga avanzando para que cada vez se echen de menos en menor medida estas restricciones.