El hombre acusado de arrojar café hirviendo sobre su mujer ha declarado ante el tribunal que le ha juzgado en la Audiencia de Jaén que fue ella la que se quedó con el agua de la ducha y que el café se debía a un remedio casero que hay en su país para aliviar las quemaduras.
Durante la vista, en la que no se ha personado la mujer a pesar de estar llamada a declarar como testigo, el acusado ha señalado que él no estaba presente cuando ocurrieron los hechos ya que se encontraba trabajando.
Sí han declarado la doctora y la enfermera que atendieron a la mujer en el centro de salud de Baeza (Jaén). La médica ha señalado que la mujer, a pesar de sus dificultades con el idioma por ser de otro país, sí que señaló en un primer momento que su marido le había vertido el café recién hecho por la cabeza. La hija de la mujer, una niña de ocho años, también señaló en la consulta, según la doctora, que había sido su padre el que le había tirado el café encima de su madre.
La mujer, según el informe del forense realizado a partir de documental médica, determinó que presentaba quemaduras de segundo grado en el seis por ciento de su cuerpo y que pueden causar un perjuicio estético.
La forense ha rechazado que las quemaduras pudieran ocasionarse con agua de la ducha como ha sostenido el acusado puesto que para ello debería salir a 100º o haberse mantenido durante 15 segundos bajo agua muy caliente para que se produjeran las quemaduras por escaldadura.
Los hechos, tal y como ha mantenido Fiscalía, sucedieron el 3 de octubre de 2019 en una vivienda de Baeza cuando el acusado "con el ánimo de menoscabar la integridad física ajena y con un desprecio absoluto hacia la misma" arrojó café hirviendo a su mujer en presencia de su hija.
Fue precisamente la hija de la víctima la que relató a los sanitarios lo que le había ocurrido a su madre. El café hirviendo le causó quemaduras en la espalda, escote, cuello y oreja izquierda.
La mujer no reclama en este proceso y se ha negado a ser reconocida por el forense, aunque tras lo ocurrido, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Baeza emitió una orden que prohibía al acusado acercarse a menos de 100 metros y comunicarse con ella a través de cualquier medio.
Fiscalía acusa al presunto autor de un delito de lesiones con deformidad con los agravantes de género y parentesco. Por todo ello reclama que se le imponga una pena de seis años de cárcel, diez años de alejamiento y prohibición de comunicarse con la víctima, y otros diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de sus tres hijos, con suspensión del derecho de visitas.
Para la vigilancia de las prohibiciones impuestas, Fiscalía solicita también la imposición del sistema telemático de control o pulsera.
Por su parte, la defensa ha abogado por libre absolución por entender que no se ha probado que el acusado fuera el causante de las lesiones. Para ello, se ha apoyado en que tanto la mujer como su hija pequeña cuando han sido requeridas a posteriori para entrevistarse con psicólogos o con la asesora jurídica nunca más hicieron alusión al café y han mantenido que fue con el agua de la ducha.
La víctima ha rechazado cualquier tipo de agresión o violencia ejercida hacia ella por su marido y en ningún momento de la instrucción ha declarado contra el acusado.