Un conjunto de denuncias penales y administrativas coordinadas por Damac Juristas y el Partido Animalista (Pacma) han logrado la cancelación de un campeonato de peleas de gallos cuya celebración estaba prevista en Chipiona entre los días 11 y 15 de mayo de 2022. La organización del evento estaba haciendo publicidad del mismo y solicitando una "fianza" de participación de 150 euros, algo prohibido por Ley.
Damac Juristas presentó, el pasado día 3 de mayo, hasta tres denuncias dirigidas a la Delegación de Agricultura de la Junta de Andalucía, que es el organismo encargado de otorgar los permisos para núcleos zoológicos y la autorización de las peñas; a la Subdelegación del Gobierno, para activar la movilización de los cuerpos de seguridad, y al Ayuntamiento de Chipiona por tener las competencias para autorizar un evento de tales características.
Por su parte, el Partido Animalista puso en preaviso a la Comandancia de la Guardia Civil de Cádiz e interpuso una denuncia ante el Seprona, además de otra denuncia administrativa a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.
La organización del campeonato estaba publicitando su celebración y solicitaba una fianza económica
Tanto la publicidad como la manipulación de dinero en el ámbito de las peleas de gallos están totalmente prohibidas en Andalucía. Así lo dicta la resolución de 3 de diciembre de 2004 de la Junta de Andalucía, por la que se interpreta y aclara el artículo 4.2.c de la Ley 11/2003 de Protección de los Animales, en referencia a las peleas de gallos en la comunidad autónoma, que expone que solo podrán organizarse y celebrarse cuando su única y exclusiva finalidad sea la selección de cría para la mejora de la raza y su exportación.
Dulce Aguilera, jurista de Damac, explica que «en la publicidad podemos leer claramente premios pecuniarios y trofeos, con lo que la finalidad no será solo la selección de la cría, sino también el espectáculo que genera cualquier evento competitivo que conlleva premios económicos o de estatus».
La resolución también expone que “queda terminantemente prohibida, al no tener la consideración de espectáculo público ni actividad recreativa, cualquier tipo de publicidad y por cualquier medio de aquellas actividades que se celebren conforme a los puntos anteriores en locales debidamente autorizados por los respectivos Ayuntamientos".
"Es evidente que, si hemos tenido acceso a estos carteles, es porque se ha realizado un tipo de publicidad por un medio, más aun cuando el mismo se ha obtenido a través de la red social WhatsApp", explica Aguilera.