Los centros Único de depilación y medicina estética ubicados en el centro comercial El Arcángel de Córdoba y el centro comercial Área Sur de Jerez han cerrado sus puertas, dejando a clientes sin completar o sin iniciar tratamientos financiados y/o pagados.
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recuerda a las personas usuarias afectadas por el cierre de estos centros que tienen derecho a reclamar el reembolso del importe de los tratamientos ya pagados, y también a reclamar la cancelación de los tratamientos financiados, no realizados o ni siquiera iniciados.
Desde Consumo se recuerda que, de cara a la reclamación contra la empresa afectada en cuestión, la persona afectada debe detallar el caso particular y las cantidades que se deban, debiéndose presentar la reclamación por un medio que permitiera acreditar la realización de esta (por ejemplo, carta certificada con acuse de recibo), dirigida al domicilio social de la empresa en cuestión cuyos datos deben aparecer en el contrato firmado en su día por la persona interesada.
Si el tratamiento se hubiera financiado, la persona afectada debe dirigir la reclamación a la entidad financiera que hubiera concedido el crédito vinculado (una vez realizada la reclamación ante la empresa), a fin de que se suspendan los pagos periódicos, fundamentada en la suspensión del tratamiento o el cierre del establecimiento. Se debe indicar una descripción detallada de lo sucedido y de lo que demanda la persona usuaria (anulación del contrato firmado por incumplimiento, así como la devolución del importe abonado o, en su caso, del importe de la parte no satisfecha).
La parte afectada podría instar a que se ejecuten los servicios previamente contratados, se finalicen los tratamientos ya iniciados, o se devuelvan las cantidades abonadas si el tratamiento no hubiera sido finalizado (en la parte no ejecutada).
Para poder reclamar, es fundamental conservar toda la documentación recopilada en torno al contrato: folletos; publicidad; presupuestos; contratos; acreditación de los pagos efectuados; facturas; historia clínica, en su caso (solicitado a la empresa en cuestión a su sede social si el establecimiento estuviera cerrado); etc. Si, a efectos de obtener la historia clínica u otra documentación en poder del establecimiento o la empresa, tras ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, la empresa no accede a la petición, se podrá interponer reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Con respecto al derecho de reembolso o devolución, el Ministerio de Consumo recoge en un caso similar que, si no se continúa o no se ha iniciado la prestación del servicio, la persona afectada tiene derecho a devolución de las cantidades abonadas correspondientes a los servicios no prestados o de la parte del tratamiento no realizado.
La persona afectada puede acudir a la vía judicial para demandar sus derechos, tanto sin necesidad de plantear reclamación previa, como si el asunto no hubiera sido resuelto previamente en vía administrativa, para lo cual hace falta abogado y procurador si el importe reclamado superara los 2.000 euros.
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.