Juan Jesús A.C., Carlos G.C., Cayetano B.R., Enrique C.P., Moisés R.G., Juan Javier G.C. y Antonio Jesús M.O. son los siete hombres condenados por una agresión homófoba que tuvo lugar durante la Feria de Abril de Sevilla de 2018.
Los encausados son condenados a dos años de cárcel por un delito contra la dignidad con la atenuante de dilaciones indebidas, más sendas multas de 1.440 euros por cabeza y la obligación de indemnizar con 1.000 euros a dos de las víctimas.
Juan Jesús A.C., Carlos G.C., Cayetano B.R. y Moisés R.G. son adicionalmente condenados a multas de 540 euros por un delito de lesiones con la agravante de homofobia y la atenuante de dilaciones indebidas sobre una de las víctimas, a quien habrán de indemnizar con mil euros conjuntamente.
Juan Jesús A.C., Carlos G.C., Cayetano B.R., Enrique C.P. son condenados además a otras multas de 540 euros por cabeza por otro delito de lesiones con la agravante de homofobia por la agresión a la amiga que intentó mediar, mientras Juan Jesús A.C. y Carlos G.C. son además condenados a nuevas multas de 540 euros por el mismo delito respecto al conocido de Carlos, al que tendrán que indemnizar conjuntamente con mil euros.
La Audiencia de Sevilla establece estas condenas por la agresión a varias personas homosexuales, por el mero hecho de despreciar su condición sexual y considerarlos carentes del más mínimo respeto y consideración.
En una sentencia emitida el pasado 22 de diciembre, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, que sobre las 6,30 horas del 21 de abril de 2018, en el marco de la Feria hispalense, los acusados Juan Jesús A.C., Carlos G.C., Cayetano B.R., Enrique C.P., Moisés R.G., Juan Javier G.C. y Antonio Jesús M.O., se encontraban en la calle Alfredo Kraus de Los Remedios, junto a la "calle del infierno" del recinto ferial.
Cuando circulaban cerca de una churrería de la "calle del infierno", según el relato de hechos probados, Carlos G.C. visualizó a un hombre que estaba junto a más personas y del que conocía su "condición de homosexual por ser del mismo pueblo y tener relación a través de la red social Facebook", según el relato de hechos probados.
La sentencia prosigue detallando que el citado acusado constató que los acompañantes varones de su conocido "tenían la misma orientación sexual", ante lo cual "se acercó a él junto con Juan Jesús A., quien con ánimo de atacar su dignidad personal, empezó a provocarle de forma inopinada", con insultos como "maricón de mierda".
Juan Jesús A.C. se dirigió a uno de ellos "dándole un puñetazo en la cara y una patada y seguidamente golpeó" también al conocido de Carlos G.C., "ataque al que se unieron el resto de acusados, por el mero hecho de despreciar su condición sexual y considerarlos carentes del más mínimo respeto y consideración", gritando al tiempo frases tales como "¿qué hacéis, maricones de mierda?", "os vamos a matar", "habría que colgaros a todos", "esto os pasa por maricones" y "otras consignas semejantes de naturaleza homofóbica".
Además, la sentencia detalla que uno de los agredidos "cayó al suelo, donde, indefenso, fue golpeado igualmente por Cayetano B.R. y Moisés R.G. por la misma motivación sexual", ante lo cual el varón víctima de los hechos y conocido de Carlos G.C. trató de ayudarle, si bien "fue golpeado igualmente por Juan Jesús A.C. y Carlos G.C.". Incluso una amiga de los varones agredidos intentó "mediar" para que cesase la agresión, pero "recibió golpes de Juan Jesús A.C., Cayetano B.R., Carlos G.C. y Enrique C.P.".
La sentencia señala así que los agredidos quedaron "atemorizados y humillados", sufriendo además lesiones como contusión craneal y costal, lumbalgia o policontusiones. El tribunal declara que los acusados "actuaron de forma activa, material y directa con idéntico ánimo denigrador de la dignidad de las víctimas en la ejecución de la agresión sufrida por los querellantes y sus acompañantes por el sólo hecho de su animadversión a su orientación sexual, de la que eran conocedores por ser uno de los acusados, Carlos G., vecino del mismo pueblo que uno de las víctimas".