La Sección Séptima de la Audiencia Provincial, con sede en Algeciras (Cádiz), ha condenado a veinte años y seis meses de cárcel al hombre acusado de asesinar a su expareja sentimental en el mes de noviembre de 2021 en la localidad de San Roque tras asestarle varias puñaladas con un cuchillo.
La sentencia, fechada el día 9 de febrero, se ha dictado después de que, con anterioridad al inicio de las sesiones del juicio oral con un jurado popular previsto para el pasado día 12 de febrero, la Fiscalía, la acusación particular, la acusación popular ejercida por la Junta de Andalucía y la defensa presentaran un escrito firmado también por el acusado en el que este reconocía los hechos objeto de acusación recogidos en el mismo y manifestaba su conformidad con la pena e indemnizaciones expresadas en dicho escrito.
En este sentido, y en una comparecencia celebrada en la Audiencia, ninguna de las partes intervinientes mostró ningún tipo de objeción a admitir la posibilidad de que pudiera dictarse una sentencia de conformidad sin necesidad de convocar al jurado popular y sin necesidad de celebrar el juicio y practicar la prueba correspondiente, mostrando su voluntad de no recurrir la sentencia dictada, que por ello ya es firme. En esa comparecencia, el acusado manifestó su reconocimiento de los hechos expuestos en el citado escrito y su conformidad con la calificación y con las penas e indemnizaciones expuestas en el mismo.
Así, el encausado ha sido condenado por un delito de asesinato con alevosía, con las agravantes de parentesco y de actuar por razones de género, a la pena de veinte años y seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y de aproximarse a menos de 500 metros de los familiares de la víctima y de residir o acudir a San Roque y a su término municipal por tiempo superior en diez años al de la duración de la pena de prisión impuesta. Además, y en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con un total de 660.000 euros a los tres hijos, los padres y los hermanos de la fallecida.
De este modo, y por conformidad de las partes, la Audiencia considera probado que el acusado, con antecedentes penales por violencia de género hacia una expareja no computables a efectos de reincidencia, mantuvo una relación sentimental con la víctima, llegando a convivir en el domicilio de ésta en la localidad de San Roque, junto a sus hijos, y a trabajar juntos en una cafetería regentada por la familia de ella.
Agravante por razones de género
La relación sentimental cesó un mes y medio antes del asesinato, no siendo esta ruptura aceptada por el condenado, "quien no soportaba" que la víctima "saliera con otras personas o mostrara interés por otros chicos, desarrollando un comportamiento celotípico en la creencia de que podía disponer y decidir sobre ella, hasta el punto de decidir matarla si no estaba con él", motivo por el que se le aplica la agravante de actuar por razones de género.
En este contexto, los hechos ocurrieron sobre las 21,00 horas del día 6 de noviembre de 2021, cuando el acusado acudió a la vivienda de su expareja e, instantes después, “en actitud extremadamente agresiva y violenta, portando un cuchillo de unos veinte centímetros de longitud y con intención de acabar con su vida, le acometió en diversas ocasiones, asestándole varias puñaladas” en abdomen, zona torácica, torso, brazos y mano derecha.
El ataque fue realizado por el condenado "de forma sorpresiva", por lo que la víctima "no tuvo posibilidad de defenderse ni de pedir ayuda", prosigue la Audiencia, que añade que, como consecuencia de dicha agresión, la víctima sufrió lesiones de extrema gravedad que finalmente provocaron su fallecimiento.
El acusado se encuentra en situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza por estos hechos desde el día 9 de noviembre de 2021, una medida que fue acordada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Algeciras.