Le enseña porno, le hace fotos desnuda y abusa sexualmente de la hija menor de su pareja en Málaga

La Audiencia condena a dos años y nueve meses de prisión al acusado que acometía este delito con frecuencia "para satisfacer sus instintos sexuales"

Abusa sexualmente de la hija mejor de su pareja en Málaga.
Abusa sexualmente de la hija mejor de su pareja en Málaga.

La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a dos años y nueve meses de prisión por abusar sexualmente de la hija de su pareja, de unos 13 años, además de que un día le enseñó pornografía y tomar fotografías mientras mantenía relaciones con la menor.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado era en el momento de los hechos pareja sentimental de la madre de la menor y convivía con ellas. Así, un día de septiembre de 2012, durante una barbacoa en casa de los padres de él, este tuvo que ausentarse para ir al domicilio familiar.

Entonces, indica la resolución, se llevó con él a la menor y una vez en la vivienda, "con ánimo libidinoso y valiéndose de la relación que tenía con ella, le dijo que subiera a la habitación principal y se quitara la ropa, tras lo que le realizó tocamientos y la agredió sexualmente. Además, reprodujo ante la menor una película pornográfica.

La sentencia señala que durante el acto anterior, el acusado sacó su teléfono móvil y, "con fines pornográficos y para satisfacer sus instintos sexuales, procedió a tomar un par de fotografías". Tras estos hechos los dos volvieron a la barbacoa.

También se considera probado que anteriormente, "con el mismo ánimo y valiéndose de la misma relación que mantenía con la menor", la recogió de sus clases particulares y se la llevó a la bodega de la finca de sus padres, donde la agredió sexualmente volviendo a casa tras finalizar el acto.

En el juicio, el procesado reconoció haber realizado los hechos relatados. Además, la perjudicada ratificó en la vista oral los testimonios realizados con anterioridad.

Así, se le condena por un delito de abusos sexuales continuados, por el que se le impone una pena de dos años y seis meses de prisión; y por otro de pornografía infantil, por el que se le condena a tres meses de cárcel; aplicándole las circunstancias que atenúan la pena de reparación del daño y de dilaciones indebidas.

Además, se le impone una medida de libertad vigilada durante cinco años y la prohibición de comunicarse y aproximarse a la menor en un radio de 500 metros durante diez años. Sobre la responsabilidad civil, la Sala no hace pronunciamiento al constar el pago por parte del acusado de la cantidad reclamada por las acusaciones, pública y particular, consignada por importe de 10.000 euros.

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