La fecha de las elecciones ha puesto de los nervios a muchas personas. En el día de ayer se hicieron virales varios vídeos de periodistas reaccionando al anuncio de la convocatoria electoral. El motivo es evidente: muchas personas con las vacaciones ya cerradas van a tener que modificarlas para trabajar esa jornada.
Otra de las cuestiones que surgían con el día 23 de julio, relacionada también con las vacaciones, es que habrá quien tenga sus vacaciones contratadas y que, sin embargo, sea llamado para estar en la mesa electoral a lo largo de la jornada. Tener los viajes cerrados no es motivo para poder librarse de esta citación según la Ley Electoral. Al menos, de momento.
Y es que, 24 horas después de que Pedro Sánchez dejara en shock a todo un país, la organización de consumidores Facua-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.
Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España, supone un hecho sin precedentes en estos años de nuestra reciente historia democrática que puede tener consecuencias gravosas para aquellos ciudadanos que sean llamados para participar en mesas electorales y a día de hoy ya tuvieran contratados viajes vacacionales.
En su escrito, Facua recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.
En este sentido, Facua pide que sean considerados eventos familiares de especial relevancia aquellos viajes realizados en familia o que tengan por objeto visitar a familiares, contratados con anterioridad al 30 de mayo y que no puedan ser aplazados o cuyo aplazamiento cause un perjuicio económico importante. Y ello para garantizar el ejercicio de su derecho al descanso y a la conciliación familiar y personal.
Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos.
Facua espera tanto sensibilidad como celeridad en el pronunciamiento de la Junta Electoral Central, ante la inmediatez de la convocatoria electoral. Asimismo, espera que las notificaciones para participar en las mesas electorales se produzcan con plazos suficientes para que las juntas electorales de zona puedan pronunciarse ante las solicitudes de exención que planteen los ciudadanos y no se produzcan silencios que les provoquen indefensión.
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