La controvertida ley del ‘sólo sí es sí’, que el Gobierno se niega por ahora a rectificar, rebaja la pena a dos jóvenes condenados por una violación a una chica en Torres de Albanchez. La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha condenado a ocho de prisión a dos jóvenes, de 29 y 25 años, por violar a una chica, de 18 años, durante las fiestas de esta localidad jiennense en 2017. Además de la prisión por el delito de agresión sexual, los condenados deberán indemnizar a la joven en 45.000 euros por los daños ocasionados.
Sin esta reforma penal, "la imposición de la pena de ocho años por cada delito continúa suponiendo la aplicación de la norma penal más favorable, considerando que el artículo 180.1. del Código Penal en su anterior redacción contemplaba la pena de 12 a 15 años de prisión por cada uno de los delitos de agresión sexual", según ha recogido Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Aunque inicialmente el Ministerio Fiscal reclamaba para los acusados condenas de 12 años de cárcel, la sentencia establece que tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, popularmente conocida como 'sólo sí es sí', se establece, para las agresiones sexuales del artículo 179 del Código Penal, una pena de prisión de siete a 15 años. En este caso, el tribunal establece que "procede la imposición de la pena próxima al límite mínimo fijándola en ocho años de prisión".
Fue la joven la que en septiembre de 2017 denunció ante la Guardia Civil haber sido violada por dos jóvenes del pueblo en el que ella se encontraba pasando unos días de vacaciones. En su relato manifestó que los dos jóvenes la obligaron a entrar en una habitación donde consumaron las agresiones sexuales.
Los acusados, durante su declaración ante el tribunal que les ha juzgado en la Audiencia de Jaén, mantuvieron que tanto ellos dos como la joven se encontraban bajo los efectos del consumo de alcohol, pero que eran "conscientes de todo" lo que estaban haciendo.
La sentencia no es firme
"Me manoseaban mientras me empujaban a la habitación", relató la joven, que ha narrado cómo los dos jóvenes supuestamente se ayudaron mutuamente sujetarla y violarla, primero uno y después el otro. "Cuando acabaron me dejaron tirada como si no fuera nada", relató la joven.
Los acusados manifestaron que no fue hasta salir la casa cuando la joven comenzó a decir que la habían violado y que los iba a denunciar por lo que optaron por irse. "Nos asustamos y nos fuimos", dijo uno de los acusados. La joven acabó llamando a la Guardia Civil y denunciando la violación.
El tribunal considera que "dada la naturaleza violenta y evidentemente sexual del acto realizado por los acusados, no cabe la más mínima duda de que nos hallamos ante una agresión sexual violenta" y en la que también se dio la intimidación.
Asimismo, se concluye que "los acusados emplearon la violencia física para doblegar la voluntad" de la joven, que "en
todo momento se opuso a la realización de cualquier acto de naturaleza sexual, aprovechándose de la limitación parcial de su fuerza debido a la afectación que sufría por la previa ingesta de alcohol".
El tribunal otorga "plena y absoluta credibilidad a la denunciante en su relato detallado, preciso y mantenido en el tiempo en cuanto a los hechos esenciales que recuerda" y que "aparece corroborado por multitud de elementos de naturaleza objetiva", entre ellos las lesiones que presentaba la joven y que quedaron acreditadas en el parte médico del hospital.
Además de la pena de prisión y la indemnización, la sentencia impone a los dos acusados la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante cinco años por encima de la pena impuesta y otros cinco años de libertad vigilada. La sentencia no es firme y puede recurrirse en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
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