'El Moco' no consigue rebajar su pena: asesinó a Loli Ortiz, su expareja, para robarle droga

El Tribunal Supremo confirma su condena de 21,5 años de cárcel, tras desestimar su recurso de casación, confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Un cartel de vecinos pidiendo ayuda para esclarecer el asesinato de Loli Ortiz, vecina de San Juan.

Abel M.L., alias El Moco, el hombre condenado por asesinar a Dolores Ortiz, la vecina de San Juan de Aznalfarache cuyo cadáver fue descubierto el 1 de febrero de 2020 en una plaza del municipio, que fue declarado culpable de "dar muerte a golpes" y aumentando "deliberadamente su sufrimiento" de la mujer por un jurado popular, ha conocido recientemente que el Tribunal Supremo confirma su condena de 21,5 años de cárcel, tras desestimar su recurso de casación, confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El Supremo aborda el recurso interpuesto por la defensa de El Moco contra la sentencia del TSJA, que confirmó la pena impuesta por la Audiencia de Sevilla tras ser declarado este hombre culpable de la muerte intencionada de Dolores Ortiz, conocida como Loli, vecina de San Juan de Aznalfarache

En el juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla, El Moco aseguró que "nunca" agredió ni amenazó a la víctima, achacando a las drogas o "el mono" determinados aspectos de sus comparecencias previas en la fase de instrucción y las "contradicciones" que le ha atribuido la Fiscalía. El condenado asestó más de 23 golpes con un objeto contundente y con borde mientras la víctima, que estaba acuclillada y cubierta por un abrigo fumando droga, recogen los hechos probados.

Durante su comparecencia en el juicio con jurado popular, El Moco explicó que entre 2006 y 2009 mantuvo una relación con la fallecida, toda vez que tras su ruptura seguían encontrándose para consumir drogas. El condenado defendió durante el juicio que sobre las 3,30 horas del día de autos habría recalado ya en su vivienda, donde su hermano le "abrió la puerta", señalando la fiscal del caso sus "contradicciones" con relación a sus comparecencias ante la Policía y en la fase de instrucción del asunto, cuando habría relatado que regresó a su hogar entre las 5,30 y 6 horas, situándose a sí mismo en la calle en el lapso de tiempo en el que fue perpetrado el crimen.

Frente a ello, el acusado alegaba que si lo dijo de tal manera fue porque entonces estaba "bajo los efectos de la droga" o con "el mono", es decir el síndrome de abstinencia. El jurado popular declaró probado por unanimidad que "El Moco" y Dolores Ortiz, Loli según era conocida en la zona, mantuvieron en efecto una relación hasta 2009 aunque sin convivir juntos y que después, ella le "evitaba" para que él no le quitase dinero o drogas o le agrediese para ello, extremos que habían ocurrido "en varias ocasiones"

En paralelo, y merced al testimonio de un agente de la Policía Nacional, el jurado declaró probado por unanimidad que Abel M.L. agredió "a golpes y empujones" a la fallecida unos dos meses antes del crimen en plena calle por cuestiones relacionadas con sustancias estupefacientes. En ese sentido, el jurado popular declaró por unanimidad al acusado "culpable" de diferentes "agresiones, amenazas" y robos de dinero y droga a la víctima del crimen.

Para declarar a Abel M.L. culpable del crimen, el jurado popular tuvo especialmente en cuenta el gorro de lana negra con rastros genéticos del acusado localizado en las inmediaciones de la plaza y que según la Policía Nacional habría perdido el mismo "ese día" precisamente. Además, el jurado tuvo en cuenta el testimonio de un testigo según el cual El Moco "le concretó cómo habían matado a la víctima" y cómo le habían "machacado la cabeza", lo que probaría que él había "visto el cadáver" antes de que el mismo fuese descubierto y comenzase a actuar la Policía.

También pesó el testimonio de otro testigo vecino de la zona que aseguró haber visto a Abel M.L. aquella noche "escondido en un poyete" y que lo vio "marcharse con vestigios de sangre" siguiendo un camino que coincide con las gotas de sangre halladas en el entorno de la escena del crimen. Ahora, tras recurrir el encartado su condena inicial ante el TSJA y confirmar dicha instancia la condena, el Supremo ha desestimado su recurso de casación ante la decisión del Alto Tribunal andaluz.