Una sentencia obliga a unos padres separados a vivir con sus tres hijos. El juzgado número 1 de instancia e instrucción de Sanlúcar de Barrameda ha establecido que, anteponiendo el interés de los menores, los progenitores deberán residir en la ciudad durante el tiempo que se mantengan con ellos para no perder la custodia.
Según la sentencia, recogida por La Voz de Cádiz, la madre se fue a vivir a Conil con sus hijos tras la separación. Allí los escolarizó sin consentimiento de la expareja y, durante el juicio, se contradijo en varias ocasiones. En primer lugar explicaba que la mudanza se produjo para poder tratar a uno de los menores al estar enfermo, pero al final no acudió a los médicos. También dijo que se fue porque el padre no pagaba su residencia anterior.
El juez ha estimado la custodia compartida por igual a ambas partes y considera que "es preponderante el interés superior de los menores", que manifestaron, según el equipo psicosocial, que querían quedarse en Sanlúcar y vivir con sus padres.
"No se trata de valorar de forma cuantitativa el tiempo que se pase con los menores, sino que éstos reciban el afecto y atención necesario, y sobre este extremo ningún hecho acredita que induzca suponer que alguno de ellos no vaya a intentar dar a los menores dicha atención para su mejor desarrollo psicoafectivo", ha expresado el juez que ha descartado que la edad temprana del hijo más pequeño sea un obstáculo para la custodia compartida, tal y como alegó la madre.
En definitiva, el juzgado ha acordado que ambos padres estén con los pequeños y compartan las tareas de cuidados y educación en el mismo municipio pese a que estén separados. Ambos tendrán que estar informados y llegar a un consenso en cada decisión que competa a los menores. Además, insta a la madre a buscar un domicilio en Sanlúcar, donde "los dos mayores han crecido".