La promotora de un nuevo festival andaluz, denunciada por cobrar un extra

Facua manifiesta que Premiumguest "busca su enriquecimiento de manera ilícita" al imponer esta medida para poder entrar y salir del recinto del Festival Arena en Mazagón

Presentación del Festival Arena que se celebrará en Mazagón, en Huelva.

El Festival Arena arranca este sábado 20 de julio en Mazagón, en el municipio de Moguer, Huelva. Una de las medidas impuestas ha indignado a Facua Consumidores en Acción, que ha presentado una denuncia ante el Ayuntamiento contra la promotora de este evento, Premiumguest, por cobrar una cuantía adicional al coste de la entrada para poder entrar y salir del recinto libremente.

En la página web del festival, en el apartado donde se compran las entradas, se encuentra la opción de “Preventa pulsera reacceso”, cuyo coste es de 7,27 euros. Además en las entradas de “Primer tramo general”, “Segundo tramo general” y “Tercer tramo general” especifica que únicamente incluye el acceso al recinto.

Por tanto, según explica la asociación en una nota, los asistentes que hayan comprado estas entradas, y que quieran poder entrar y salir durante la celebración del evento, no tienen más remedio que pagar ese extra por la pulsera para el reacceso.

"Esta medida se sustenta única y exclusivamente en criterios economicistas, buscando la promotora del festival su enriquecimiento de manera ilícita. No hay justificación para la aplicación de esta norma, pues si las entradas y salidas del recinto pudieran afectar al normal desarrollo del espectáculo o suponer un problema de seguridad, en ningún caso se permitiría el reacceso a las mismas", sostiene Facua.

Esta menciona el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que recoge que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

Además, el artículo 89 de esta misma norma señala que tendrá la consideración de cláusula abusiva “la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados”.

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