Los padres de menores que difundan imágenes íntimas sin consentimiento o acosen a otros a través de las redes se podrán enfrentar a multar que van de los 5.000 a los 10.000 euros.
Hasta un total de 51 intervenciones ha realizado en el último año la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ya impuesto las primeras sanciones a padres de menores que promueven el ciberacoso.
En 46 de las denuncias recibidas, la referida agencia logró retirar en menos de 24 horas los contenidos publicados en internet de forma inmediata.
Denunciar ante la AEPD abre una vía administrativa independiente y rápida, además de la denuncia que pueda plantearse ante las Fuerzas de Seguridad del Estado o en la Fiscalía en casos de ciberacoso, sexting o pornovenganza.
Los padres, cuando se trata de menores, tienen responsabilidad subsidiaria y pueden llegar a tener que responder económicamente por las infracciones y conductas delictivas de sus hijos.
Ya hay precedentes, como en el caso de un joven de 16 años que extorsionaba a una chica de 13. El acosador fue multado con 5.000 euros, una multa que tuvieron que liquidar sus padres.