La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha aclarado que los que se se vean afectados por facturas elevadas como consecuencia de fallos en los cálculos de consumo, las compañías de luz y de gas no podrán rectificar y cobrar “de cualquier manera y sin límite de tiempo”.
Ante estos errores, que pueden producirse durante meses, puede ocurrir que la compañía cobre lo no facturado en un solo recibo. Esto, evidentemente, provoca un abultado cargo que afecta a la economía doméstica. Estos fallos pueden originarse por lecturas estimadas, errores en los contadores…
Si eso sucede, la OCU informa que “la compañía debe recalcular el consumo y emitir una factura complementaria, pero no puede cobrarla ni reclamarla de cualquier manera, según el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000”. Así, según la legislación, en el caso de haberse cobrado de menos, la empresa podrá recuperar lo no facturado repartiendo la cantidad pendiente entre un número de facturas igual al número de meses en los que el error persistió.
La OCU advierte que la rectificación por parte de las compañías solo puede remitir a errores de un año atrás como máximo en el caso de la luz y de seis meses en el caso del gas.
Por el contrario, señala que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en el caso de que la operadora haya sido la que ha cobrado de más, establece que la empresa sí está obligada a devolver todo el dinero de una vez en la primera factura emitida tras la lectura real y aplicando a la cantidad devuelta el interés legal del dinero.
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