La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga ha estimado el recurso de apelación efectuado por un consumidor contra una resolución del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Torremolinos y ha sobreseído la ejecución hipotecaria instada en primer lugar por Caixabank, que durante el procedimiento vendió el crédito hipotecario al fondo de inversión irlandés Promontoria Yellostone Designated Activity Company. El letrado que ha llevado el caso, Luis Mora Minchón, es socio director del Bufete Dávila & Asociados, con despachos abiertos en Cádiz y Marbella y perteneciente al Ilustre Colegio de abogados de Cádiz.
El crédito hipotecario, solicitado en octubre de 2010, era de 258.000€. La entidad crediticia reclamaba al consumidor en su demanda de ejecución hipotecaria un total de 235.088,42€, más 70.526€ en concepto de intereses y costas por capital. El préstamo hipotecario contenía una cláusula de limitación a la baja del interés variable a aplicar en el préstamo, la coloquialmente conocida como cláusula suelo, de un 3%. El acta de liquidación aportada por la demandante comenzaba en la fecha del primer impago, por lo que se desconocía si con anterioridad a esa fecha había sido aplicada la cláusula suelo. Al no aportar la demandante liquidación desde el inicio del préstamo no se podía apreciar si ésta había sido aplicada en algún momento de la vida del préstamo y, de ser así, si habían sido descontados esos importes.
La Magistrada, en su Auto, establece que la cláusula suelo inserta en el préstamo es nula por abusiva y que su aplicación incide directamente en la ejecución y en la cantidad reclamada. Por tanto, al no poder establecer si se aplicó con anterioridad al primer impago no se puede conocer si existe o no plustipetición. Este motivo fue recogido en el recurso de apelación y estimado en el Auto, para lo que se amparaba en numerosa jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En declaraciones a este medio, el abogado Luis Mora reconoce que es "un logro importante porque el consumidor se jugaba su vivienda habitual. Se demuestra que no todo vale, que aunque le debas dinero al banco no te pueden avasallar. Si dejo de pagar es porque no he podido, pero no vale que te reclamen un dinero sin acreditar que se debe. Si el banco me ha cobrado de más en otras cuestiones, me lo tendrá que restar. Como el banco no acreditó que no se le había aplicado la cláusula suelo pues le creó una indefensión grande al consumidor traducida en un perjuicio irrevocable en el caso de que le hubieran ejecutado la vivienda. Por una cuestión de seguridad jurídica hay que hacer las cosas bien conforme a jurisprudencia".
El letrado gaditano explica que "hay muchos bancos que a los fondos les venden los créditos por menos dinero de lo que se debe para quitarse problemas en la ejecución hipotecaria. Hoy en día los consumidores se defienden, no es un procedimiento sumario en el que la única defensa es pagas o te ejecuto la casa. Ahora hay más defensa y los bancos están vendiendo muchos créditos a fondos buitres y cogen un dinero. Muchos bancos venden las carteras a fondos de inversión, en su mayoría extranjeros".
Se trata de un caso que puede servir de ejemplo para otros usuarios que tengan la sospecha de estar siendo víctimas de un trato abusivo por parte del banco que le haya concedido una hipoteca. "Ahora hay más garantías, se debe acreditar que el incumplimiento sea grave, continuado, no basta con dos cuotas impagadas para que te lleven al juzgado", afirma Luis Mora.
El abogado explica que en la actualidad los consumidores están más protegidos ante el comportamiento de los bancos en cuestiones hipotecarias: "Hoy en día las hipotecas son bastantes limpias. Las cláusulas suelo ya no se aplican más desde 2017. Ahora hay bancos que le reclaman la cláusula suelo a gente que no ha hecho la reclamación y la devuelven sin necesidad de ir a juicio. Los bancos, en su mayoría, se han amoldado a la jurisprudencia del consumidor y a la ley hipotecaria, que se reformó. Igual que los gastos hipotecarios, que hoy en día el banco asume los gastos de constitución de hipoteca en su mayoría. No como antes, que el consumidor tenía que abonar todo y sigue habiendo reclamaciones por ello".
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