Una mujer ha recibido una orden de alejamiento de la Audiencia de Zaragoza de no acercarse a menos de 200 metros de su expareja, comunicarse con él por cualquier medio mientras se instruya la causa judicial y publicar fotografías suyas en redes, foros, grupos o chats.
Los antecedentes hasta llegar a esta primera consecuencia judicial se remiten a una venganza de la acusada contra su expareja, al parecer, por haber dejado la relación; se cobró su vendetta publicando sus datos personales en un chat de temática gay.
Esos datos iban acompañados de fotografías así como de sus teléfonos particular y profesional además de otras imágenes de su cara e incluso, más picantes, de sus genitales. En consecuencia el afectado empezó a recibir mensajes de otros hombres “que alababan su miembro viril, así como le remitían sus fotos íntimas y le pedían quedar”.
Así las cosas, solicitó al Juzgado de Instrucción que le impusiera una orden de alejamiento a esta mujer y la imposibilidad de comunicación, lo que fue denegado en esa instancia judicial ya que “el denunciante había bloqueado a la denunciada, impidiendo así que le siguiera enviando mensajes”.
Al recurrir este primer auto, la Audiencia de Zaragoza sí dio la razón al afectado, argumentando que “aunque el hombre haya bloqueado a la denunciada en Whatsapp no acarrea necesariamente que no pueda seguir enviándole mensajes por otras vías, acudir a su vivienda como hizo para casi quemarle el timbre y que envíe fotos íntimas por otros medios”.