"Nulidad de pleno derecho por inexistencia real de la posibilidad de verdadera negociación". O lo que es lo mismo, "absoluta arbitrariedad" en la selección de los afectados. Tal y como se pronunció el TSJA pero incluso yendo más allá, ya que éste solo declaró la improcedencia del expediente. Así entiende el magistrado del Tribunal Supremo, Fernando Salinas, que debería haberse resuelto el litigio por el expediente de regulación de empleo mediante el cual el gobierno local del PP despidió a 260 trabajadores municipales hace ya casi dos años. Su voto particular cuestiona el fallo judicial que declara ajustado a derecho el ERE municipal. A dicho voto particular se han adherido otros cinco jueces de los 14 que componen la sala de lo Social del Alto Tribunal, por lo que la sentencia (Descargar aquí) ha sido favorable para el equipo que preside María José García-Pelayo por un margen sumamente estrecho y con una brecha interna muy agudizada entre los magistrados que abordaron la casación.
Si ocho de los catorce magistrados de la sala del TS avalan que "no es materia propia del conflicto colectivo la exigencia de un examen pormenorizado e individualizado de la situación de cada uno de los afectados integrantes del grupo genérico, pues esa discusión sería ya de las sustanciales en el proceso de despido individual", el voto particular del juez Salinas entiende que "la inconcreción de los criterios de selección de los trabajadores afectados efectuada por el Ayuntamiento (en especial, el denominado criterio de 'evaluación continua') impidió a los representantes de los trabajadores conocer durante el periodo de consultas este dato que ese esencial para que tal periodo pueda cumplir con su finalidad, lo que le vicia de forma trascendente".
Del mismo modo, también discrepa "subsidiariamente, por entender que tal inconcreción de los criterios de selección no puede subsanarse remitiendo a los trabajadores afectados por la decisión empresarial a los procesos individuales de impugnación de sus despidos". Igualmente, desgrana, "la sentencia mayoritaria, en este extremo de los criterios de selección cuya doctrina no se comparte concluye entendiendo correcta la actuación empresarial y ello a pesar de reconocer expresamente que los criterios de selección que el empresario propuso en el ámbito del denominado de periodo de consultas ... tenían un claro componente genérico que resultaba posible examinar en su plasmación individual mediante la comprobación, caso por caso, de su concurrencia".
Otra de las cuestiones abordadas era la concurrencia de la causa económica y si bien, a la luz de los datos económicos facilitados por el Ayuntamiento, el Supremo ve "incuestionable" ésta y especifica que en el ejercicio 2011 existió "un déficit presupuestario de menos 22 millones de euros", la Cámara de Cuentas tumbaba esta misma semana esos datos esgrimidos por el gobierno local para justificar el ERE. De hecho, el órgano independiente concluye que el Ayuntamiento de Jerez cerró el ejercicio 2011 con un resultado presupuestario de superávit de 3.609.140 euros, en contra de lo que siempre ha mantenido el gobierno municipal del PP.
Tras hacerse pública la sentencia del Supremo, el candidato de Foro a la Alcaldía, Raúl Ramírez, ha exigido a la alcaldesa, María José García-Pelayo, que tenga “decencia política y coherencia” y negocie la readmisión de afectados del ERE municipal. Después de conocerse en la misma semana el "demoledor" voto particular que incluye la sentencia del Tribunal Supremo y el informe de la Cámara de Cuentas, "en el que queda demostrado que el gobierno local manipuló los datos contables para justificar lo injustificable”, ha considerado que por “pudor y pulcritud” el equipo popular debe “reconsiderar una decisión que se ha demostrado impropia y escandalosa” para una administración pública. “No vale que seis magistrados del Tribunal Supremo se opongan al ERE e incluso lleguen a considerar su nulidad, y que el PP y Pelayo celebren el fallo de una sentencia que no es más que una victoria pírrica que solo añade sufrimiento para decenas de trabajadores públicos y para una ciudad que espera mucho más de sus representantes políticos”, ha entendido el alcaldable de Foro.
A juicio de Ramírez, la sentencia del Supremo y el informe de un órgano externo independiente como es la Cámara de Cuentas abren un “nuevo escenario” que dejan al ERE municipal del PP en un terreno de “alegalidad” e “inmoralidad”. Es decir, “podrá haber contado con el beneplácito de ocho de los 14 magistrados de la sala del Supremo, pero entendemos que esto no debería ser suficiente tratándose de una administración pública y de empleados al servicio de la ciudadanía”. En este sentido, ha reclamado a la alcaldesa que “rectifique” y “tenga un gesto de buena voluntad antes de verse sumida en un rosario de comparecencias judiciales con motivos de las demandas individuales que se abriría en los próximos meses”.
De este modo, Raúl Ramírez ha explicado que “lo razonable, por ser de Justicia”, sería que la regidora popular y su equipo alcanzaran acuerdos de readmisión con aquellos afectados que verdaderamente desean volver a su puesto de trabajo y con aquellos que deseen abandonar el Ayuntamiento. Así las cosas, ha dicho, “no solo nos ahorraremos un largo calvario judicial a los afectados con sus demandas individuales, y con los consiguientes gastos para el Ayuntamiento, sino que verdaderamente podremos cerrar el que probablemente sea el capítulo más negro, oscuro y dramático de la historia democrática municipal”.
CGT, sindicato mayoritario en el Ayuntamiento, ha considerado la sentencia del ERE dictada por el Supremo un "despropósito jurídico" y ha sostenido que "la única conclusión a la que se llega no es otra que la de que la sentencia ha estado inspirada por motivos políticos, desprendiéndose de ello que la tan cacareada independencia del poder judicial es una mera quimera". "Cabría preguntarse por qué a lo largo de la tramitación del recurso se cambió al ponente. Seguramente no sería del agrado de la clase política gobernante y temerían que se pudiera fallar en contra de sus intereses (del PP)", han dicho.
El sindicato asegura que la postura de los magistrados que han emitido el voto particular está "en consonancia con los argumentos esgrimidos por el gabinete jurídico de CGT tanto en el juicio como en el recurso de casación ante el TS defendiéndose la nulidad tanto por motivos económicos como por criterios de selección".
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