Seis años de prisión para un guardia civil por blanquear capitales del narcotráfico

Compras inmobiliarias de parcelas y terrenos, adquisiciones de coches de alta gama y viajes al extranjero con alojamientos de lujo, entre las operaciones de blanqueo

Dinero negro, en una operación contra el blanqueo, en una imagen de archivo.

La Audiencia de Cádiz, con sede en Algeciras, ha condenado a un agente de la Guardia Civil a una pena de seis años de prisión por un delito de blanqueo de capitales agravado, por la procedencia de delitos de tráfico de drogas, y a una multa de 4.500.000 euros.

La sentencia considera probado que el guardia civil, junto a su familia, habría blanqueado capitales procedentes del narcotráfico a través de la creación de una estructura económica, societaria e inmobiliaria compuesta por doce empresas y cuatro uniones temporales de empresas, estas, con la finalidad de participar en distintas licitaciones públicas.

Según la sentencia, esto ha supuesto "unas aportaciones dinerarias en concepto de compra de capital social de unos 730.000 euros". Explica, además, que existen elementos objetivos que indican que la estructura creada fue financiada en su mayoría por una compleja estructura de préstamos privados o capital a terceros para "enmascarar y servir de justificación a las cantidades invertidas". Pese a su apariencia legal, se trataba de "pagos encubiertos realizados con las partidas de dinero en efectivo que se tratan de blanquear", reza la sentencia.

La sentencia señala las compras inmobiliarias realizadas por el individuo o por las empresas administradas por sus hijos (tanto de parcelas y terrenos como de coches de alta gama), o viajes al extranjero con alojamiento en establecimientos de lujo, lo cual no se refleja en las cuentas bancarias de su titularidad.

Los hijos del guardia civil son, como establece la sentencia, cooperadores necesarios del delito de blanqueo de capitales. Las defensas de ambos pretendían exculparlos, alegando que todas las gestiones eran dirigidas por el padre, algo que rechaza la Audiencia. "Eran perfectamente conocedores de la anormalidad de la actividad económica/societaria/financiera desplegada por su padre". Pese a ello, "lejos de apartarse de esa actuación, no solo coadyuvaron sino que la hicieron posible con una cooperación necesaria sin la cual no podría haber tenido lugar el delito", explica la sentencia de la Audiencia.