No por conocido deja de ser efectivo. Los casos detectados en los últimos meses y especialmente en las pasadas las fiestas navideñas, hacen prever que puedan incrementarse los casos de timo del hijo en apuros.
Esta práctica consiste en el envío de mensajes de texto al móvil del padre o de la madre haciéndose pasar por su hijo, que aludiendo una situación de emergencia o auxilio, les insta a transferir dinero a un número de cuenta.
La urgencia y necesidad que recogen los falsos mensajes hace creer a los padres que realmente su hijo se encuentra en un apuro económico que debe solventarse con la máxima celeridad, lo que aprovechan estos estafadores para solicitar transferencias de dinero importantes en sus cuentas bancarias, la mayoría de ellas fuera de España.
Por ello, la Delegación en Sevilla de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aconseja ser siempre precavido con mensajes inusuales y, antes de nada, confirmar el problema llamando directamente al hijo para preguntarle por su estado. Además, recomienda prudencia con cualquier correo que se salga de lo normal.
Si el mensaje que le llega está lleno de exclamaciones, interrogaciones, faltas de redacción, de concordancia o incluso faltas de ortografía, como si fuera una mala traducción, hay que desconfiar.
¿Viene supuestamente de una web oficial: de la Policía, Hacienda, su banco o una empresa conocida? Cuidado, puede ser falsa: hay que comparar la url (la dirección) con la que aparece al buscar esa web a través del buscador. No entrar si es parecida pero no idéntica.
Cuidado con los sorteos. La experiencia dice que la gran mayoría son falsos, ni siquiera hay sorteo. Y cuidado también con los premios falsos: nadie le va a regalar un iPhone, una suscripción a Netflix o cientos de euros porque sí.
En estos casos, hay que recordar que el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera y de la legislación de consumidores y usuarios, establece que el banco asumirá la responsabilidad por los pagos no autorizados y denunciados por los usuarios. No obstante, la jurisprudencia establece la salvedad de que el cliente haya actuado con dolo o negligencia grave.
Desde OCU se entiende que, incluso, cuando el cliente presta su autorización -caso del hijo en apuros- mediando estafa o engaño, el consentimiento implícito en la autorización debería considerarse nulo.
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