¿Pueden las Comunidades Autónomas ampliar el toque de queda unilateralmente?

Andrés Dueñas.

Profesor de Derecho Constitucional

Pedro Sánchez, presidiendo un Consejo de Ministros.
Pedro Sánchez, presidiendo un Consejo de Ministros.

Este fin de semana se ha desatado una nueva polémica a propósito de la tercera ola de la pandemia por COVID-19: si las Comunidades Autónomas pueden ampliar de manera unilateral más allá de las 22h el toque de queda. Castilla y León lo publicó en su Boletín Oficial el pasado sábado, por lo que está ahora mismo en vigor (aunque el Gobierno del Estado ya lo ha recurrido). Pero no ha sido la única: Andalucía y Euskadi también lo han planteado. Pero, ¿esta medida está amparada por el actual decreto de estado de alarma?

Vaya por delante que considero que la actual situación epidemiológica necesita de medidas drásticas para frenar la nueva oleada de contagios. En estas líneas no se trata de discutir –faltaría más- las recomendaciones de los expertos sanitarios, sino de arrojar un poco de luz a la falta de seguridad jurídica de los ciudadanos con todo este maremágnum de normas dispersas limitativas de derechos fundamentales.

Como es por todos sabido, el pasado octubre el Gobierno de la nación aprobó un nuevo decreto de estado de alarma para todo el territorio del Estado, que fue prorrogado por un período de seis meses por el Congreso de los Diputados. Una prórroga, a mi juicio, excesivamente larga y que podría ser inconstitucional, como ya expliqué en este mismo periódico cuando el Presidente Sánchez anunció en mayo que pretendía una prórroga del primer estado de alarma que fuera más allá de los quince días permitidos por nuestro ordenamiento jurídico.

Pero ahora se trata de ver si, efectivamente, una Comunidad Autónoma puede de manera unilateral ampliar el toque de queda más allá de las 22h. El artículo 5 del Real Decreto de estado de alarma vigente contempla que las Comunidades Autónomas pueden establecer un toque de queda diferente del inicialmente previsto en la norma –entre las 23h y las 6h-, pero únicamente dentro del intervalo de las 22.00h y 00.00h en el comienzo y las 5.00h y las 7.00h en la finalización.

La Junta de Castilla y León ha argumentado que la decisión de adelantar el toque de queda a las 20h está avalada por el artículo 10 del Decreto, que fue modificado por la prórroga del estado de alarma aprobada por el Congreso. En él se contempla que las Comunidades pueden “modular, flexibilizar y suspender” la aplicación de las medidas limitativas de derechos, como el toque de queda o el número de personas que pueden reunirse.

Lo que ha pasado por alto el Gobierno de la Junta de Castilla y León son dos cuestiones importantes. La primera, que la posibilidad de “modular, flexibilizar y suspender” dispuesta en el artículo citado está prevista para una reducción de la restricción de derechos, cuando los indicadores de la pandemia así nos lo aconsejen. Y, en segundo lugar, que estas decisiones no se pueden tomar de manera unilateral por parte de las Comunidades Autónomas, sino que se han de llevar a cabo de manera coordinada en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, como así establece el propio artículo al que hace alusión la Junta de Castilla y León. Esta fue la forma que se utilizó para flexibilizar las medidas durante las vacaciones de Navidad.

Por tanto, la respuesta a la pregunta formulada en el título de este artículo es bastante clara: no, las Comunidades Autónomas no pueden imponer unilateralmente medidas más restrictivas a un derecho fundamental –el de libre circulación- que las establecidas en el Real Decreto que regula el actual estado de alarma.

Esta nueva disputa se une, como he dejado caer al inicio, a la falta de seguridad jurídica que tenemos los ciudadanos sobre las medidas restrictivas de derechos fundamentales. No cabe duda de que vivimos una situación excepcional, para lo cual hacen falta medidas extraordinarias. Pero no es menos cierto que el nuestro es un Estado Social y Democrático de Derecho y que la falta de control que está habiendo sobre estas medidas que afectan, insisto, a nuestros derechos fundamentales y la falta de lealtad institucional por parte de algunas Administraciones (este fin de semana ha sido Castilla y León, pero otras veces y de manera destacada ha sido la Comunidad de Madrid) pueden sentar precedentes peligrosos para el futuro en términos democráticos.

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