Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Parece una utopía, pero es un extracto del artículo 47 de nuestra Constitución. Lo que muchos desconocen es que este artículo se configura como un principio rector, no como un derecho que podamos invocar ante los tribunales.
Y este principio se materializa, por ejemplo, con normas como la reciente ayuda a jóvenes para el alquiler. Como si 250 euros al mes fueran a solucionar el problema. Cuando eres joven y quieres alquilar, ya de por sí existe una distinción clamorosa entre quien alquila para vivir, quien alquila para trabajar y quien alquila para estudiar.
En alguno de esos casos, el arrendatario debe irse en verano. ¿La razón? Le vamos a sacar más pasta en verano al piso. En otros, el arrendatario debe firmar por un largo período y se le exigen garantías como un año de arrendamiento o contratar un seguro. Seguro, valga la redundancia, que 250 euros al mes solucionan que tengas que pagar un año de fianza por adelantado. Segurísimo, vaya.
El problema de estas medidas no es solo que se configuren como la panacea para ayudar a los jóvenes a acceder a la vivienda. Sino que además se transforman, en muchos casos, en una ayuda directa a los caseros, quienes ahora son plenamente conscientes de que pueden incrementar en 250 euros la renta de sus inmuebles cuando de jóvenes se trata.
Igual alguien tendría que preocuparse de que, con la redacción actual de la Ley de Arrendamientos Urbanos, se le pueda exigir al arrendatario como fianza una bola de dragón, un mechón del pelo de Leo Messi o un vídeo de Ibai Llanos rogando al arrendador que firme el contrato.
De fijar precios por ley hablamos otro día. A mí lo más sangrante me siguen pareciendo los clausulados de los contratos, con amigos mostrándome cómo abonarán hasta el IBI del inmueble si pasa un tiempo determinado, o preguntándome si es legal que les hagan firmar que si encuentran un arrendatario que les pague bastante más los puedan echar de manera automática.