El 30 de junio de este año finalizará la campaña de la Renta 2024-2025. Hasta esta fecha, es posible presentar la declaración de la Renta, especialmente para quienes hayan percibido más de 22.000 euros anuales con un solo pagador, o 15.000 euros en caso de tener dos o más pagadores. La Agencia Tributaria recuerda que Hacienda podría devolver más de 1.200 euros a quienes cumplan una serie de requisitos.
El organismo se refiere a una deducción poco conocida pero que resulta clave. Habla de la deducción por maternidad, una ayuda dirigida a madres trabajadoras con hijos menores de tres años, que varía ligeramente dependiendo de si el menor es biológico, adoptado o acogido. La Agencia Tributaria especifica que la deducción puede alcanzar un importe máximo de 1.200 euros anuales por hijo, calculado de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos.
Para acceder a esta deducción, la solicitante debe estar dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad en el momento del nacimiento del menor o, al menos, haber cotizado durante 30 días en cualquier momento posterior. También será válida si en el momento del nacimiento la madre percibe una prestación contributiva o asistencial por desempleo. En caso de adopción, los tres años para beneficiarse de esta deducción comienzan a contar desde la inscripción del menor en el Registro Civil, sin importar su edad.
¿Cómo percibir la ayuda?
Según detalla la Agencia Tributaria, esta ayuda puede percibirse de dos formas: mensualmente, mediante 12 pagos de 100 euros previa presentación del Modelo 140, o de forma anual, incorporando la deducción directamente en la declaración del IRPF. La decisión queda a cargo de cada beneficiaria, en función de sus necesidades económicas y planificación fiscal.
A esta deducción se le puede sumar una ayuda adicional de hasta 1.000 euros si el hijo menor de tres años acude a una guardería y se cumplen ciertos requisitos, prácticamente idénticos a los anteriores: la madre debe estar trabajando, tener hijos menores de tres años y estar dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.
Lo que diferencia esta ayuda extra es que no puede recibirse de forma anticipada, como sí ocurre con los 1.200 euros anuales. En este caso, solo puede solicitarse en la declaración anual del IRPF, y contempla la inscripción, matrícula, servicios generales y alimentación del menor en la guardería como gastos deducibles.
En pleno arranque de la campaña de la Renta 2024-2025, miles de contribuyentes han comenzado ya a rendir cuentas con Hacienda. Solo durante el primer día de plazo, la Agencia Tributaria recibió más de 1,17 millones de declaraciones, lo que representa un incremento del 0,6% respecto al año anterior.