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'Palo' de la Justicia a la Junta: no podrá decidir los criterios para repetir de curso

El Gobierno de Juanma Moreno había introducido las mismas modificaciones que el de Isabel Díaz Ayuso, también tumbadas por los tribunales

Juanma Moreno junto a Isabel Díaz Ayuso.
Juanma Moreno junto a Isabel Díaz Ayuso.
02 de abril de 2025 a las 15:05h

La Junta de Andalucía ha recibido este miércoles un 'palo' judicial por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía después de que este haya tumbado tres normativas del Ejecutivo de Juanma Moreno donde se cambiaba la forma de decidir si un alumno o alumna con asignaturas suspendidas podía o no pasar de curso.

Se trata de la segunda decisión judicial en este sentido que sufre un gobierno del Partido Popular, ya que la Comunidad de Madrid también fracasó en su intento previo de realizar cambios en la Lomloe, actual ley educativa. La noticia, adelantada por la Cadena SER, señala que el TSJA rechaza la modificación del Gobierno andaluz sobre la norma estatal que señala que la decisión sobre la promoción de un estudiante con varias materias suspensas debe ser una decisión colegiada del profesorado en función de la situación de cada alumno.

Los mismos argumentos que Isabel Díaz Ayuso

El Gobierno de Juanma Moreno pretendía que esa decisión fuera tomada por, al menos, dos tercios del claustro de profesores. Algo que tendría consecuencias tanto en Primaria como en Secundaria y Bachillerato. Exactamente, las mismas modificaciones que había introducido Isabel Díaz Ayuso.

Al igual que ocurriera con el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera que esta normativa es competencia exclusiva del Estado y que, por lo tanto, las órdenes aprobadas por la Junta de Andalucía en Consejo de Gobierno suponen una quiebra para el principio de igualdad. El órgano judicial estima de esta forma el recurso de la abogacía general del Estado y anula la normativa puesta en marcha por la Junta de Andalucía. No obstante, el Gobierno de Juanma Moreno tendrá una oportunidad más ante el Tribunal Supremo, ya que contra esta sentencia cabe un recurso de casación.

Ante la sentencia, el Gobierno andaluz señala que la medida respondía "a una demanda de los centros educativos, que así disponían de mayores garantías jurídicas y criterios más objetivos, por tanto también de igualdad para el alumnado".

Así lo ha defendido la Consejería de Desarrollo Educativo ante esta sentencia en la que la sala de Sevilla del TSJA estima un recurso contencioso administrativo del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, contra las tres órdenes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía de mayo de 2023, por las que se desarrolla el currículo correspondiente a cada etapa educativa.

La Junta defiende que Andalucía "ha logrado incrementar en diez puntos la tasa de titulación en la ESO con una normativa que determina de forma más clara y precisa las condiciones para el desarrollo de las sesiones de evaluación del esfuerzo del alumnado, es decir, un marco para garantizar que los estudiantes han alcanzado realmente las competencias que se requieren".

"Facilitar la promoción sin que el alumno haya alcanzado las competencias solo maquilla estadísticas y perjudica su camino para que pueda seguir progresando con éxito dentro del sistema, en la Formación Profesional o en la Universidad. Andalucía ha apostado por extender los apoyos y refuerzos educativos para que el alumnado con dificultades académicas logre el éxito académico, es decir, ha apostado por poner el foco en el alumnado con inversión de recursos, frente a un Gobierno de España que prefiere el terreno del contencioso-administrativo", señala la Junta ante esta sentencia que anula sus determinaciones por "quebrar el principio de igualdad".

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Emilio Cabrera.

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