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Este viernes 7 de noviembre se celebra el Día Internacional contra el Acoso Escolar. Una fecha que debería servir para que la ciudadanía y las administraciones se conciencien de la dura realidad que golpea a muchas niñas y niños. La realidad es dramática y las instituciones no aportan las herramientas necesarias en materia educativa y de salud mental para combatir la violencia escolar en las aulas.
En vísperas del referido día, desde Trencats Asociación contra la Violencia en las Escuelas denuncian la vulneración de derechos de los menores en los centros educativos. "Las denuncias que recibimos describen, casi sin excepción, el mismo patrón: centros que permanecen inactivos, administraciones que callan o muestran una preocupante connivencia, agresores que actúan sin consecuencias y víctimas que sufren una doble victimización: primero, a manos de sus agresores, y después, por la inacción de un sistema que debería protegerlas".
Este abandono, como apuntan desde la citada plataforma, tiene "consecuencias devastadoras, con secuelas que pueden durar toda la vida e incluso llevar al suicidio, la primera causa de muerte infanto-juvenil por acoso escolar en la actualidad. ¿De qué sirve identificar las señales si el sistema falla en cada eslabón?".
"Aunque se habla de combatir el acoso escolar, la realidad es que los recursos de acción efectiva son inexistentes. Si una familia denuncia maltrato hacia su hijo en la comisaría, se le indica que, al tratarse de menores, debe acudir a la Inspección de Educación. Sin embargo, en la Inspección señalan que no tienen capacidad de actuación en muchos casos, dejando a las familias sin otra opción que recurrir a los tribunales para obtener justicia. Esta situación refleja un sistema en el que, mientras el sufrimiento de las víctimas aumenta, la burocracia y la falta de voluntad política perpetúan el mirar hacia otro lado".
La realidad es muy preocupante: "Los inspectores de educación carecen de herramientas efectivas para expedientar a docentes que, de manera consciente y reiterada, incumplen sus funciones, aunque la ley ampare la intervención ante negligencias manifiestas. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 153.e, otorga a los inspectores la facultad de “elevar informes y hacer requerimientos cuando se detecten incumplimientos en la aplicación de la normativa, y levantar actas, ya sea por iniciativa propia o a instancias de la autoridad administrativa correspondiente”. Sin embargo, la interpretación y aplicación de esta normativa parece limitada en la práctica, con acciones restrictivas sobre los estudiantes pero no sobre los docentes, generando un vacío de protección y supervisión inadmisible".