El Ayuntamiento de Salobreña ha confirmado la baja de Macarena Olona del padrón municipal tras un informe policial según adelanta el diario Ideal de Granada y ha podido confirmar lavozdelsur.es. El Ayuntamiento de la localidad había encargado a la Policía Local del municipio un informe en el que se averiguase si la candidata de Vox para las elecciones andaluzas del 19 de junio reside habitualmente en el municipio. Finalmente se ha realizado una baja de oficio por "inscripción indebida".
Esta decisión llega poco antes de que la Junta Electoral tenga que decidir sobre el recurso interpuesto por la formación de Andaluces Levantaos donde se avisaba de un posible "fraude de ley". Desde Vox han publicado un vídeo de la que todavía es candidata en el que se habla de bulo y donde Olona se victimiza, pero lo cierto es que fue el presidente de Vox en Granada el que reconoció que la alicantina no vivía allí habitualmente.
La baja de Olona del padrón municipal de Salobreña afectaría a su candidatura a las elecciones autonómicas del 19 de junio como cabeza de lista de Vox por la provincia de Granada, ya que los candidatos están obligados a presentar "certificado de inscripción en el censo electoral o en el padrón municipal, al objeto de acreditar su condición política de andaluces" de acuerdo con una instrucción de la Junta Electoral de Andalucía.
Según el informe de la Secretaría del Ayuntamiento, consultado por Europa Press, la inscripción de Olona en el padrón "se autorizó previa verificación del cumplimiento de los requisitos legalmente exigibles acreditando el usufructuario de la vivienda el título de uso de la misma mediante nota simple registral y la autorización de residencia en la misma".
Sin embargo, el día 16 "se solicita el informe jurídico oportuno sobre el asunto, puesto que a partir de las declaraciones de Martín Montero - presidente de Vox en Granada - existen dudas razonables sobre la veracidad de lo manifestado al Ayuntamiento en la solicitud de inscripción censal"
En un comunicado del propio Ayuntamiento se establece que la alcaldesa "ha dictado una resolución de inicio de baja de oficio, que debe otorgar plazo de alegaciones a los interesados. Hasta la finalización de dicho plazo de 15 días y por tanto la resolución del expediente, el Ayuntamiento no tiene ningún pronunciamiento más que la información que ya se ha trasladado".
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