Un nuevo escenario en el caso ERE: el TC abre la puerta a reducir las condenas de Chaves y Griñán

La estimación parcial del recurso de Magdalena Álvarez provoca que los ex presidentes de la Junta de Andalucía puedan pedir amparo al Constitucional

Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en un mitin. FOTO: PSOE DE ANDALUCÍA
Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en un mitin. FOTO: PSOE DE ANDALUCÍA

Magdalena Álvarez es la principal beneficiada por la resolución que el Tribunal Constitucional ha emitido este miércoles sobre su condena en el caso ERE. Pero no era la única persona pendiente de la decisión. El anuncio del TC cambiar por completo el escenario de varios condenados en el caso que sacudió Andalucía hace una década. Entre ellos los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

El pleno ha estimado parcialmente el recurso de amparo presentado por Magdalena Álvarez al alinearse con la posición de la Fiscalía y entender que "la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley no puede ser constitutiva del delito de prevaricación. Este tipo de actuaciones, ni son resoluciones ni han recaído en un asunto administrativo, al tratarse de actos dictados por el Poder ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Andalucía".

Ahora, las actuaciones volverán a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte un nuevo fallo que excluya los hechos relacionados con la aprobación de los anteproyectos y proyectos de ley de Presupuestos y de modificaciones presupuestarias amparadas por dicha ley en los años 2002, 2003 y 2004.

Pero esta no es la única consecuencia de la resolución del Constitucional. Manuel Chaves, ex presidente de la Junta condenado por prevaricación e inhabilitado, podrá presentar un recurso de unas características muy similares al de Magdalena Álvares para que se revise la pena. El caso de José Antonio Griñán es algo distinto, aunque también puede cambiar su situación. Griñán, además de la inhabilitación, está condenado a seis años de prisión. En su caso el delito es de malversación en concurso medial con prevaricación. Es decir, uno es imprescindible para cometer el otro. Al anularse la prevaricación, la condena de Griñán por malversación también tendrá que reverisarse.

Sobre el autor:

Emilio Cabrera.

E. C.

Periodista.

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