El presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno Bonilla, anunció el cierre de toda actividad no esencial el domingo en rueda de prensa. Pero dejó pasar muchos detalles legales que incluye la orden del BOJA hecha pública y que ha provocado que negocios que se pensaban exentos no puedan continuar abiertos. En rueda de prensa, habló de que la Junta consideraba negocios esenciales "los comercios de alimentación, como los que ya abrieron durante el confinamiento, los servicios sociales, sociosanitarios, veterinarios, de productos ortopédicos y similares, librerías, papelerías, combustibles, velatorios, entrega a domicilio, centros deportivos que sean al aire libre, comedores sociales para entrega de alimentos, autoescuelas y peluquerías".
Sin embargo, Moreno Bonilla se equivocó. Esos negocios citados más arriba no es que podrán abrir más allá de las seis, es que podrán abrir en la provincia que ha llegado al grado más agravado, Granada, donde en la práctica hay todo un confinamiento comercial, similar al del 14 de marzo. Estos negocios pueden mantener su actividad porque son lo más básico, y como en marzo, por ejemplo, podrá comprarse prensa escrita en los kioskos o cuadernos en una papelería. Pero esa lista es distinta a la de las provincias (el resto) en el que se aplica el cierre impuesto a las 18 horas, y que afecta a todo el comercio excepto a otra lista diferente cerrada. Por ejemplo, los kioskos y las papelerías no abren más allá de las seis. Subrayamos, son dos listas diferentes.
Pero hay más, porque ha habido correcciones en la noche del lunes nueve de noviembre, después de publicar una primera lista. Esta lista de negocios y servicios que pueden continuar abiertos más allá de las seis, a mediodía del martes, es la siguiente, con las modificaciones introducidas, que abren la mano a permitir actividad deportiva federada o que abran los restaurantes de los hoteles aunque solo para sus clientes:
"a) La actividad industrial y el comercio mayorista.
b) Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
d) Los servicios profesionales y empleados del hogar.
e) Los servicios sociales y sociosanitarios.
f) Los centros o clínicas veterinarias.
g) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la
automoción.
h) Alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos.».
i) Los servicios de entrega a domicilio.
j) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
k) Los velatorios.
l) ) La práctica del deporte federado, rigiéndose por sus protocolos respectivos, en espacios deportivos cubiertos y al aire libre en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta. Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre para el deporte no federado, siempre que no se trate de deportes de contacto y para deportistas desde los 16 años.
m) Los centros y servicios para la ejecución de las medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar.
n) Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio
ñ) Empleados públicos.
o) Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes.
p) Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
q) Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
r) Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros".
Una librería en Jerez, Bomarzo, explicaba a este periódico que "llevábamos todo el lunes diciendo que éramos negocio esencial y podíamos abrir más allá de las seis, por lo que dijo el presidente de la Junta", señalan. Las asesorías de pymes están viéndoselas y deseándoselas para desenmarañar el texto legal. Porque viene más. La Junta está reunida esta mañana y está abierta la posibilidad a más cambios, a apenas unas horas.
Hay que recordar, por su parte, que los centros comerciales cierran a las seis, pero no las tiendas de alimentación -pongamos el caso de que en un centro comercial haya un Carrefour-. Éste puede mantenerse abierto, pero no puede vender más que lo que tiene permitido: no puede vender camisetas, por ejemplo, o libros, porque en esos pasillos sí afecta el cierre de las seis. El objetivo es que no haya una competencia desleal que afecte negativamente a las librerías.
Por último, las clases en la universidad quedan suspendidas y el toque de queda se une a un confinamiento perimetral en toda Andalucía, en todas las localidades. Puedes leer las valoraciones de Moreno Bonilla en las que justifica las medidas aquí.