A pesar de que existían ciertas dudas en el Gobierno y que la idea inicial era prorrogar parcialmente estas medidas, finalmente el Consejo de Ministro aprobará que en 2024 las bonificaciones al transporte sigan como hasta el momento. De esta forma, el Ejecutivo aparta la idea de que únicamente se vean beneficiados los jóvenes, desempleados y las personas jubiladas.
El Ejecutivo incluyó una dotación de 1.440 millones de euros en su plan presupuestario de 2024 para la subvención del transporte público, incluida la gratuidad de trenes y autobuses y las ayudas a las comunidades autónomas para los descuentos en el transporte de competencia autonómica.
De esta forma, seguirá existiendo el abono trimestral para Cercanías y Media Distancia. Esta medida consiste en pagar una fianza de 10 o 20 euros, según el tipo de tren, para poder usarlo de forla ilimitada. Siempre que se realicen 16 viajes, la administración devolverá esa fianza entregada previamente.
De la misma forma, el Gobierno va a seguir bonificando un 30% el transporte público de ciudades y áreas metropolitanas. No obstante, esto quedará condicionado a que el resto de administraciones (comunidades autónomas y ayuntamientos) aumenten el descuento hasta el 50%. En caso contrario los ciudadanos no disfrutarán de ningún tipo de bonificación.
Tras intensas negociaciones, Sumar ha reconocido que hay medidas que han suscitado debate en el seno del Gobierno de coalición, como las relacionadas con la gratuidad del transporte público o los impuesto a la banca y a las energéticas.Sobre estos tributos, Sumar ha asegurado que el impuesto a la banca se queda como está, pero sobre el impuestos a energéticas no hay acuerdo aún en este momento.
El impuesto temporal a la banca grava al 4,8% los intereses y comisiones de todas las entidades que facturasen más de 800 millones en 2019 y el tributo afectará a la actividad que las entidades desarrollen en España.
Por su parte, el tributo energético grava el 1,2% sobre el importe de la cifra de negocio de las compañías del ramo energético que facturasen más de 1.000 millones en 2019. Se excluye de la facturación objeto del gravamen los ingresos derivados de las actividades reguladas.
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