Condenan a Ryanair a devolver a un viajero de Cádiz el dinero pagado por llevar su equipaje de mano

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz ha condenado a la aerolínea a reembolsar a un socio de Facua Cádiz los 116 euros que tuvo que abonar como extra

Un bus de Ryanair en el Aeropuerto de Sevilla.

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz ha condenado a Ryanair a reembolsar a un socio de Facua Cádiz los 116 euros que le obligó a pagar como extra para poder viajar con su equipaje de mano. Se trata de irregularidades por las que el ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, acaba de firmar un expediente sancionador por importe de 179 millones de euros contra cinco aerolíneas, de los que 107,8 han recaído sobre la compañía irlandesa.

Facua, cuyas denuncias han dado origen a la histórica sanción de Consumo, asegura en un comunicado que está tramitando numerosos casos en defensa de afectados por este asunto en toda España. En caso de recibir respuesta negativa de las aerolíneas, la asociación insta a interponer denuncias ante las autoridades de consumo de sus comunidades autónomas solicitando sanciones y a acudir a los tribunales. Puede hacerse sin coste al no ser obligatorio acudir con abogado ni procurador si las cantidades reclamadas no superan los 2.000 euros.

En febrero de 2023, Joaquín V.E. compró unos billetes con Ryanair para un viaje de Sevilla a Vitoria. Pese a que iba a viajar solo con unas pequeñas maletas de mano, la política de equipaje de la aerolínea le obligó a terminar pagando un extra de 71,98 euros para poder subirlas a la cabina del avión.

"Para evitar ese alto sobrecoste, la compañía le aconsejó que en el vuelo de vuelta facturara el equipaje, lo que le costaría 44 euros en lugar de los más de 70 que había pagado en la ida. Joaquín no tuvo más remedio que aceptar, ya que lo contrario suponía que no le dejaran volar con sus maletas o afrontar un sobrecoste aún mayor", explica Facua.

A su vuelta del viaje, Joaquín decidió acudir a Facua Cádiz, de la que era socio, para que le ayudara a reclamar a Ryanair la devolución de los 115,98 euros que se había visto forzado a pagar para viajar con sus maletas. En su reclamación, el equipo jurídico de la asociación instó a Ryanair al reembolso, recordando que la Ley de Navegación Aérea establece meridianamente que "el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos".

Demanda en tribunales

Ryanair hizo caso omiso de la reclamación, por lo que el equipo jurídico de la asociación preparó una demanda judicial para que Joaquín reclamase el reembolso de los 115,98 euros que tuvo que pagar de más.

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz ha dado la razón a Joaquín. En su sentencia, señala que las dimensiones de las maletas estaban "dentro de los límites de lo que se conoce como maleta de cabina", pudiendo ser transportada dentro de ella, por lo que, de acuerdo a la normativa, el suplemento en el coste no está justificado.

El juez señala que cobrar un precio extra por el equipaje de mano no es razonable porque no se asumen los mismos gastos que en el caso de las maletas facturadas (necesidad de personal de tierra en mostradores, empresas de handling, custodia de las pertenencias, etc.), toda vez que el equipaje de mano es considerado como "un elemento indispensable del transporte aéreo, por lo que la compañía aérea viene obligada a transportarlo sin poder exigir ningún tipo de suplemento o sobrecoste sobre el precio del billete".

Así, Ryanair finalmente ha sido condenada a reembolsar a los 115,98 euros que se vio obligado a pagar para poder viajar con sus maletas.