Hoy entra en vigor la obligación de comercializar solo este tipo de cargador para móviles

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía avisa de que solo es posible vender este tipo de USB, algo que se aplicará a los portátiles el 28 de abril de 2026

Imagen de una persona utilizando un móvil.

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recuerda que, a partir de este 28 de diciembre, es obligatorio que buena parte de los dispositivos electrónicos estén equipados con conectores de carga tipo USB-C.

Como señala en un comunicado, desde la fecha indicada sólo se pueden comercializar los teléfonos móviles, tabletas digitales, cámaras digitales, auriculares (con y sin micrófono incorporado), videoconsolas portátiles, altavoces portátiles, lectores de libros electrónicos, teclados, ratones, sistemas portátiles de navegación y auriculares internos con conectores de tipo USB-C. En el caso de los ordenadores portátiles, esta obligación entrará en vigor el 28 de abril de 2026.

Normativa de aplicación europea

A través de esta regulación, dispuesta en la modificación del Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo,  derivada de una imposición de la Unión Europea, se busca ofrecer "una mayor comodidad al usuario a través de un sistema de carga común, además de contribuir a la reducción de residuos y de minimizar costes innecesarios", refiere la Junta.

El USB-C obligatorio a partir de hoy en tiendas y comercios.

Además, se incluye otra importante obligación, como es que se ofrezca a los consumidores y usuarios la posibilidad de adquirir los dispositivos sin cargador, independientemente de que existan packs y ofertas con un cargador adicional.

La caja, envase o paquete que contenga el dispositivo tiene que contener información sobre si el dispositivo de carga está o no incluido en el paquete, lo que se indicará en forma de pictograma. En caso de compras por internet, dicha etiqueta deberá colocarse cerca de la indicación de precio.