Con la desaparición el 12 de octubre de Álvaro Prieto, las redes mostraron su lado más miserable con algunos mensajes de usuarios que aprovecharon un caso de gran expectación mediática para lanzar comentarios xenófobos y bulos sobre lo que le había ocurrido al joven cordobés, cuyo cuerpo sin vida fue encontrado cuatro días después.
Unos mensajes e insultos que fueron recopilados por la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas Fakali, que presentó una denuncia por la "oleada de bulos malintencionados" tras la desaparición del joven futbolista.
Ahora, como adelanta Diario de Sevilla, la Fiscalía de la capital hispalense ha abierto diligencias para investigar la denuncia presentada por la referida federación.
La chica que estuvo con Prieto la noche de su desaparición también denunció en su día que estaba siendo acosada en redes y se vio obligada a desmentir los bulos que circulaban relacionadas con ella y Álvaro.
Uno de los mensajes fue difundido en redes por un influencer sevillano y la Fiscalía General ha remitido esa parte de la denuncia a la Fiscalía de Sevilla, que está investigando el caso como un presunto delito de odio.
Denunciamos ante @fiscal_es la oleada de bulos racistas en el caso de Álvaro Prieto.
— Fakali (@fakaligitanas) October 17, 2023
Los agitadores del #antigitanismo aprovechan el foco para criminalizar al Pueblo #Gitano sin pruebas, vertiendo más odio.
DEP Álvaro#ObservatorioDiscriminación#StopAntigitanismo pic.twitter.com/FBEUwZ9mUM
Tal y como recoge el artículo 510 del Código Penal, quienes "públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión, creencias, situación familiar, pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, así como por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad" pueden ser condenados con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.
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