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Presentar una fe de vida, indispensable para seguir cobrando la pensión

El objetivo es certificar que el receptor de la pensión sigue vivo y evitar así fraudes. En caso de no cumplirse este mandato, que lo ordena el banco por el que se cobra la prestación, puede llegar a que se anule el cobro

En la imagen, un grupo de pensionistas en un Centro de Día.
En la imagen, un grupo de pensionistas en un Centro de Día.
13 de marzo de 2023 a las 19:34h

Para contrastar que el receptor de la pensión está vivo, la Seguridad Social solicita con periodicidad una fe de vida para poder seguir cobrando su correspondiente pensión y evitar la suspensión del cobro de las pensiones

Es necesario remitirlo anualmente, durante los tres primeros meses del año, una fe de vida al organismo encargado de abonar la cuantía de la pensión. El requisito es más exigente con aquellos jubilados que cobren su pensión y no residan en nuestro país.

Para estos últimos, el plazo máximo para mostrar este documento ante su entidad bancaria es el próximo viernes 31 de marzo, es decir, hasta esa fecha, podrán entregar el informe para evitar que se suspenda el cobro de su pensión. Será la entidad bancaria quien determine los plazos de entrega del documento.

Según el Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, son las entidades financieras quienes deban comunicar la existencia de los jubilados. Se puede solicitar el documento en el Registro Civil y para que pueda ser validado, el titular debe estar presente en ese momento.

Además de la fe de vida, para cobrar la pensión de jubilación es necesario presentar el modelo de solicitud rellenado, que es el mismo para todos los trabajadores que accedan al cobro de esta pensión.

Sobre el autor

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Josema Valle

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