El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado la reducción de la pena de prisión de 15 a 14 años para dos de los condenados por la violación grupal ocurrida durante los Sanfermines de 2016. La decisión se basa en la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que modificó los límites mínimos de las condenas en este tipo de delitos.
La resolución, adoptada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, se alinea con la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en julio de 2024, cuando confirmó la misma rebaja para uno de los condenados, Ángel Boza. En ese momento, el Supremo avaló la decisión del propio TSJN, que había reducido la pena en septiembre de 2023 al considerar aplicables los nuevos márgenes legales establecidos por la ley.
Los nuevos beneficiarios de esta revisión son José Ángel Prenda y Jesús Escudero, quienes, tras la decisión favorable a Boza, presentaron sus respectivas solicitudes de revisión. La Audiencia Provincial de Navarra atendió sus recursos y en febrero de 2025 dictó sendas resoluciones que también rebajaban un año sus condenas.
Contra estas decisiones se presentaron recursos por parte de la acusación particular y por las acciones populares ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona. Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha desestimado estos recursos, confirmando la aplicación de la rebaja.
El tribunal ha insistido en que no se trata de casos similares o paralelos, sino de una única causa y de unos mismos hechos, por lo que ha considerado jurídicamente obligado aplicar la misma solución que fue ratificada por el Supremo. Además, ha reiterado los argumentos utilizados entonces, al señalar que la pena impuesta inicialmente se encontraba ya próxima al mínimo legal, el cual fue rebajado por la nueva legislación.
La aplicación de la ley
Según detalló el TSJN en 2023, tras la entrada en vigor de la nueva ley, la pena mínima para este tipo de delitos pasó de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. Dado que los condenados recibieron 15 años de prisión, su castigo se situaba ahora dos años por encima del nuevo umbral mínimo.
En septiembre de 2023, con un voto particular en contra, la Sala de lo Civil y Penal acordó la primera de estas reducciones, que fue avalada por el Tribunal Supremo menos de un año después. Este precedente ha servido de base para las resoluciones más recientes.
La Fiscalía, al igual que las defensas de los condenados, se mostró a favor de confirmar la rebaja, mientras que las partes acusadoras defendieron el mantenimiento de las penas originales. No obstante, la resolución del TSJN abre la puerta a que el asunto pueda ser nuevamente analizado por el Tribunal Supremo si se presentan los correspondientes recursos.
Estas decisiones marcan una continuidad en la línea jurisprudencial iniciada con la reforma legal de 2022, que ha permitido revisar condenas impuestas con anterioridad cuando las nuevas penas mínimas resultan inferiores a las previamente aplicadas.