La ya ex ministra de Industria Reyes Maroto aseguró en 2021, en una visita institucional a la Semana Santa de Jerez, que declararía esta fiesta de Interés Turístico Internacional. Dos años después, la promesa se esfumó y Maroto ahora aspira a la Alcaldía de Madrid como alcaldable del PSOE. Nada más se supo de esta declaración de intenciones para certificar una distinción largamente acariciada y para la que la Pasión jerezana reúne todos los requisitos.
Quizás por ello ha pasado desapercibida para el gobierno municipal una efemérides importante para la Semana Mayor jerezana. Este 2023, precisamente, se cumplen 30 años desde que la Semana Santa de Jerez fuese declarada de Interés Turístico Nacional. Tres décadas después, la celebración se ha convertido en uno de los grandes puntos de atracción turística de Andalucía, a la altura, por calidad y cantidad en las calles, de capitales como Sevilla y Málaga.
La declaración de Interés Turístico existe desde 1965, pero en 1979 se dividió entre 'interés nacional' e 'internacional'. La declaración "es una distinción de carácter honorífico que se concede en España por la Secretaría General de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a las fiestas o acontecimientos que supongan manifestaciones de valores culturales y de tradición popular, con especial consideración a sus características etnológicas y que tengan una especial importancia como atractivo turístico".
Jerez cuenta con esta declaración para la Feria del Caballo y para sus Fiestas de la Vendimia, pero en cambio la Semana Santa no ha logrado conseguir este título, pese a que reúne los principales requisitos que fija Industria, pero no ha sido capaz de acreditar otros vinculados a la difusión internacional, especialmente por internet, de esta fiesta con un enorme tirón turístico.
Actualmente, la provincia de Cádiz cuenta con otras dos fiestas declaradas de interés turístico internacional: el Carnaval de Cádiz y las Carreras de Caballos de Sanlúcar. Sin embargo, y sorprendentemente, son otras muchas las Semanas Santa de España las que han conseguido el sello 'de Interés Turístico Internacional': Sevilla, Málaga y Granada, en Andalucía; Cuenca, Valladolid, Zamora, León, Salamanca, Cartagena, Hellín, Lorca, Medina de Rioseco, Orihuela, Cáceres, Crevillente, Medina del Campo, Murcia, Palencia, Vivero, Ávila, Ferrol, Toledo, Zaragoza y el Domingo de Ramos de Elche, en el resto del país.
Estos son todos los requisitos para la declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional
Requisitos preceptivos
1. -Art. 5: - Acreditación de que se trata de una fiesta declarada de interés turístico nacional con al menos cinco años de antigüedad (Acreditar con Resolución de declaración o publicación en el Boletín de la CA)
2. -Art. 6: -Memoria Explicativa que recoja los puntos del artículo 3 de la Orden, entre los que se mantiene el Plan de difusión al que se añade las especificidades del Art. 7.
3. –Art. 7: Plan de Difusión que cumpla con estos requisitos: -Supone al menos un 10% del total de la financiación de la fiesta (acreditar con documentación preceptiva) -a).- Informe o memoria que describa en qué medida la fiesta añade valor a la imagen turística de España en el exterior, y el impacto positivo que se estima va a suponer la promoción exterior de la fiesta. -b).- Al menos un mínimo de diez impactos o repercusiones (con una antigüedad máxima de cinco años) relevantes en prensa y en medios de comunicación internacionales con difusión nacional en sus respectivos países, on line y off line, así como en medios de radio y televisión, de uno o varios países extranjeros, destinados a comunicar el evento fuera del ámbito nacional, cumpliendo los requisitos del Art.7. b) (acreditar con copia del impacto y, en su caso, certificado del medio) -d).- Presencia en internet requerida en el Art. 4.2.c) para las FITN: web propia; informe del tráfico en web de la fiesta; informe de posicionamiento de buscadores en internet. (Acreditar a través de enlace e informes)
4.-Art. 8: a)- Informe favorable de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio tenga lugar la fiesta (acreditar por documentación) b)-Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de la localidad donde se celebre (acreditar por documentación)
5..-Art. 10: -No concurrencia de actos que pudieran ser constitutivos de maltrato animal o personal, de acuerdo con el artículo 10 de la Orden (Declaración jurada u otra documentación acreditativa)
Requisitos valorables
Art.7. Plan de Difusión: acciones promocionales: presencia en Internet, se valorará: d). 1º.- Que la página web disponga de versiones en otros idiomas aparte de los obligatorios (español e inglés) (acreditar mediante enlace) d). 1º.- Que los parámetros de tráfico aportados reflejen el impacto de la página web a nivel mundial (acreditar mediante informe) d). 2º.- Dentro del informe de posicionamiento en buscadores, los resultados tanto en cantidad como en calidad, para las búsquedas realizadas en castellano y en inglés, así como el elevado grado de posicionamiento que refleje dicho informe d). 3º.- Disponibilidad de los perfiles en RRSS en otros idiomas, (además de castellano, inglés y lengua cooficial) así como impacto (acreditar a través de enlace).
Art.4. Plan de Difusión: otros aspectos que también se valorarán
3. a).- Que la difusión contemple países prioritarios en los planes de marketing del Instituto de Turismo de España O.A. (Acreditar a través del Plan Difusión)
3. b).- Que la fiesta se adecúe a hábitos y motivaciones afines al perfil turístico definido en los planes de marketing del Instituto de Turismo de España O.A. (Acreditar mediante el Plan de Marketing)
3. c): -Que la duración y el ámbito de la fiesta propicie estancias de larga duración y con hábitos que generen la máxima rentabilidad turística de la zona (acreditar a través de Informe de perfil de los turistas).
3. d): -Que el turismo generado con la fiesta propicie hábitos de conducta saludables y refleje una imagen positiva y atractiva del país, favoreciendo un turismo sostenible (acreditar a través de Informe de perfil de los turistas).
Comentarios