Esta es la sanción al Xerez CD tras la agresión a un asistente y los insultos deseando la muerte de la madre del árbitro

El Juez Único de Competiciones no profesionales ha apercibido al club azulino de clausura del campo en caso de reincidencia

Uno de los vídeos subidos a redes tras los incidentes al finalizar el partido entre Xerez CD y Balompédica Linense.

[Estamos también en WhatsApp, en Telegram y en Bluesky. Síguenos]Multa por alteración del orden del encuentro de carácter leve (Artículo: 117). 

El Xerez CD ya conoce la sanción que le ha caído tras los graves incidentes del pasado fin de semana tras el encuentro en el estadio Pedro Garrido frente a la Balompédica Linense. 

El Juez Único de Competiciones no profesionales ha sancionado con 2.500 euros al club azulino por los hechos recogidos en el acta del encuentro. 

Uno de los árbitros asistentes, como refleja el acta del colegiado en otras observaciones, fue “golpeado mediante un puñetazo con fuerza en la posterior de la cabeza, sin tener que llegar a ser atendido, no pudiendo identificar al agresor debido al gran tumulto de gente que se encontraba en el túnel de vestuarios". 

"Una vez dentro del vestuario pudimos escuchar que en el exterior había varios aficionados que gritaban a viva voz ‘Tú no vas a salir vivo de aquí, ahí me muera 20 veces, ojalá se muera tu madre de cáncer, pedazo de cabrón, eres un maricón de mierda", quedó reflejado también en el acta. 

El Juez Único de Competiciones no profesionales ha considerado que se produjo una "infracción del artículo 107.2 del Código Disciplinario de la RFEF, con imposición de multa en cuantía de 1.500 euros atendiendo las circunstancias concurrentes, y apercibimiento de clausura de sus instalaciones en caso de reincidencia en la producción de hechos análogos. (Artículo: 107.2, primer párrafo)" y también una "infracción del artículo 114.3 del Código Disciplinario de la RFEF, consistentes en represión pasiva de comportamientos violentos, incluido a la agresión a un colegiado, con imposición de multa de 2.500 euros, atendiendo a las circunstancias concurrentes (Artículo: 114)".

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