El Juzgado de Instrucción número 8 de Granada ha decretado la apertura de juicio oral contra el juez Manuel Piñar, ya retirado, por un presunto delito de odio. El procedimiento se basa en una serie de comentarios publicados en la red social Facebook desde 2022, supuestamente realizados por el magistrado, y que contendrían expresiones despectivas dirigidas a colectivos de personas migrantes y minorías étnicas. Durante su declaración ante el juez, Piñar negó ser el autor de dichas publicaciones.
A pesar de que la Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento provisional del caso, el procedimiento seguirá adelante y será juzgado por un Juzgado de lo Penal, aún por determinar. Así consta en el auto de apertura de juicio oral, al que ha tenido acceso Europa Press. En él se especifica también que, dado que el Ministerio Público no ha renunciado a presentar acusación, se le concede un plazo de tres días para que decida si presenta escrito de acusación.
El origen del caso se remonta a una denuncia presentada por el abogado Carlos Aránguez, representante legal de Juana Rivas, quien actúa como acusación particular junto a la Asociación Internacional para la Erradicación de la Violencia de Género Institucional. Ambas partes solicitan una condena de 18 meses de prisión, el pago de una multa de 6.600 euros y la inhabilitación especial del juez para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Desde el despacho Aránguez Abogados se ha subrayado que este procedimiento plantea un debate social en torno a la responsabilidad y decoro exigibles a los jueces, así como los límites de la libertad de expresión y el comportamiento ético de figuras con relevancia pública. La acusación asegura haber aportado pruebas que incluyen testimonios de seguidores del juez en redes sociales, actas notariales sobre la persistencia de las publicaciones, y grabaciones en las que el magistrado evita negar rotundamente su autoría.
Respuesta del juez
En diciembre del pasado año, el juzgado acordó el procesamiento de Piñar, quien volvió a rechazar ser el responsable de los mensajes y atribuyó el procedimiento a lo que calificó como una persecución personal. La causa, que inicialmente había sido archivada, fue reabierta por la Audiencia de Granada tras valorar que algunas de las expresiones contenidas en las publicaciones denunciadas podrían incurrir en incitación al odio o a la discriminación.
La Audiencia consideró que los mensajes incluían expresiones peyorativas hacia determinados grupos étnicos y nacionales, como gitanos, negros, moros y chinos, y que, en caso de haber alcanzado una proyección pública relevante, podrían haber supuesto una infracción penal. Por ello, estimó parcialmente el recurso de la Fiscalía y ordenó continuar la investigación para esclarecer tanto la autoría de las publicaciones como su alcance.
En respuesta a esa decisión judicial, Manuel Piñar presentó una denuncia contra tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Granada, a quienes acusó de prevaricación, injurias, denuncia falsa y trato degradante. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía archivó la denuncia, argumentando que el mero hecho de que una persona se sienta ofendida o perjudicada no justifica por sí solo la apertura de un proceso penal.