Juan Pedro Galán, del conocido comoclan de los Galanes de Jerez, ha sido absuelto de un presunto delito contra el derecho de los trabajadores y también quedó libre de condena de un posible delito de favorecimiento a la prostitución.
Ni el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el primer caso, ni la Audiencia Provincial de Cádiz, previamente, consideraron probados estos delitos. Este miembro del clan de los Galanes, una supuesta organización dedicada a la explotación de mujeres, se libra de ser condenado.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en una sentencia emitida el 19 de marzo, absuelve a Galán, hijo del conocido empresario Juan Galán —ya fallecido— e integrante de una familia vinculada presuntamente a la explotación de mujeres.
La investigación parte de la operación llevada a cabo por la Policía Nacional en octubre de 2021, cuando encontró a 20 mujeres trabajando como prostitutas en un local propiedad de Juan Pedro Galán. Sin estar dadas de alta en la Seguridad Social y sin permiso de trabajo.
Los agentes que intervinieron en la operación declararon en sede judicial que "las mujeres que allí trabajaban les manifestaron que el recurrente era el propietario del negocio". Galán era administrador de la sociedad propietaria del local donde se ejercía presuntamente la prostitución.
La primera sentencia de la Sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz recogía que Juan Pedro Galán —quien fuera niño prodigio del toreo— contaba con "antecedentes penales no computables", pero que era "titular del club de alterne" en el que "trabajaban chicas de procedencia extranjera que realizaban actividades de alterne con clientes, las cuales cobraban el 50% de las consumiciones de los clientes".
La operación 'Toscana' se saldó con 15 detenciones en 2010, pero fueron absueltos ocho años después
Esta primera sentencia condenaba a Galán a nueve meses de prisión y una multa de más de 1.600 euros —a razón de seis euros diarios durante nueve meses— como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores, y lo absolvía del delito de favorecimiento a la prostitución.
La defensa de Galán presentó recurso ante el TSJA, que lo absuelve del delito contra los derechos de los trabajadores, e intentó demostrar que Galán no era el propietario del supuesto club de alterne, y que tenía el inmueble alquilado a otra sociedad, un extremo que fue desmontado por el tribunal.
Para demostrar el delito contra los derechos de los trabajadores, es necesario que los afectados sean al menos el 50% del total de personas sin contrato. En la sentencia del TSJA se recoge que "tiene razón el apelante en que los hechos probados de la sentencia no se indica el porcentaje que las 20 mujeres que se dedicaban al alterne sin estar afiliadas a la Seguridad Social suponía respecto del total de mujeres que realizaran allí la misma actividad, ni del conjunto de trabajadores de la empresa".
Tampoco se considera acreditado que las mujeres que se encontraban en el club cuando intervino la Policía Nacional ejercieran la prostitución, ya que no todas comparecieron en sede judicial, solo tres de ellas —"por su propia cuenta"—, que sí lo confirmaron.
Antecedentes judiciales del 'clan de los Galanes'
El conocido clan de los Galanes tuvo una causa abierta a principios de 2010, cuando la operación Toscana de la Guardia Civil detuvo al grueso de la organización, dedicada a la explotación sexual de mujeres en al menos seis clubes, en El Puerto, Jerez, Conil, Medina, Los Barrios y Estepona.
Juan Galán —fallecido en 2018—, Isabel Aguilar, su entonces mujer, y los hijos de Galán, Juan Pedro y Rocío, fueron investigados. Durante el registro de la vivienda de Galán padre, los agentes encontraron en la Finca El Toro, hasta 500.000 euros distribuidos en fardos envueltos en plástico y atados con hilo de pescar, así como otros 15.000 euros en una caja fuerte.
La operación Toscana se saldó con la detención de 15 personas —que ingresaron prisión provisional—, 14 registros y la incautación de medio millón de euros en efectivo y la intervención de patrimonio por valor de 50 millones de euros.
El Juzgado Mixto número 1 de Chiclana, ocho años después de la apertura de la causa, decretó el sobreseimiento del procedimiento seguido contra Juan Galán —fallecido para entonces— y su hijo Juan Pedro Galán por presuntos delitos de prostitución, coacciones y delitos contra los derechos de los trabajadores.