El obispo de Jerez, José Rico Pavés, ha hecho público un decreto dedicado al nuevo año litúrgico en el que ordena una serie de cambios y advertencias a aplicar. En uno de los puntos, el prelado aclara que se trata de corregir “costumbres viciadas”, un mandato que entra en vigor el 29 de diciembre.
En este sentido, entra en la celebración de la misa dominical que se convoca el sábado al mediodía o de una fiesta de precepto el día anterior al mediodía. Argumenta que las solemnidades “son los días principales y su celebración comienza en las primeras vísperas, el día precedente” y “cumple el precepto de participar en la misa, quien asiste a ella (…) tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde”. Así, recuerda, que la misa vespertina de los domingos y solemnidades comienza una vez se ha completado la hora nona del día anterior (en torno a las 3 de la tarde).
También entra en la celebración de la misa dominical “únicamente con el propio grupo”, como las hermandades y otros colectivos eclesiales: “No se han de fomentar las misas de los grupos pequeños, se ha de procurar salvaguardar y promover plenamente la unidad de la comunidad eclesial”.
Sobre el Jubileo Ordinario de 2025, señala que los templos diocesanos en los que se podrá ganar la indulgencia plenaria son la Catedral, el Santuario de San Juan Grande y la iglesia del Hogar San Juan. Al hilo de lo anterior, dictaminó que “para hacer visible en nuestra diócesis que las obras de misericordia son igualmente obras de esperanza, durante el Año Jubilar vamos a potenciar la Fundación Diocesana Hogar San Juan, destinada a la acogida de transeúntes de larga duración, a fin de que pueda seguir ampliando su campo de actuación con tantas personas vulnerables que carecen de hogar”.
Otros aspectos que aborda el prelado son los sacramentos de la iniciación cristiana (bautismo, confirmación y primera comunión), que “preferentemente” no se celebrarán en Cuaresma. En cuanto al Triduo Pascual pide que “se respeten los tiempos propios de cada celebración y se evite la celebración de la Misa de la Cena del Señor el Jueves Santo por la mañana o al mediodía”, así como la celebración de la Vigilia Pascual el Sábado Santo por la tarde, “pues toda la celebración de la Vigilia Pascual debe hacerse durante la noche. Por ello, no debe escogerse ni una hora tan temprana que la Vigilia empiece antes del inicio de la noche, ni tan tardía que concluya después del alba del domingo”.
Otro apartado lo dedica a que “se respete la norma litúrgica sobre el modo de comulgar”. En esto subraya que “no está permitido a los fieles tomar por sí mismos el pan consagrado ni el cáliz sagrado, ni mucho menos pasarlo de mano en mano entre ellos. Los fieles comulgan estando de rodillas o de pie. Cuando comulgan estando de pie, se recomienda que antes de recibir el Sacramento, hagan la debida reverencia. Si la Comunión se recibe sólo bajo la especie de pan, el sacerdote, teniendo la Hostia un poco elevada, la muestra a cada uno diciendo: El Cuerpo de Cristo. El que comulga responde: Amén, y recibe el Sacramento, en la boca, o donde haya sido concedido, en la mano, según su deseo”.
Finalmente, destaca otra norma a cumplir, que es “haber recibido el Sacramento de la Confirmación para poder ser padrino de Bautismo o de Confirmación, así como para poder contraer matrimonio o para poder asumir determinadas responsabilidades en la Iglesia en el ámbito de las hermandades, la catequesis o la enseñanza religiosa escolar”.