El Ayuntamiento de Jerez ha publicado este pasado jueves el Bando Municipal que regulará las Zambombas este 2021, entre el 1 y el 25 de diciembre próximos, el regreso de uno de los eventos festivos más masivos de la ciudad tras la suspensión del pasado año por la pandemia. Aparte de las normas que regirán estas celebraciones, también se aporta como novedad un apartado de preguntas frecuentes para tener en cuenta las respuestas a la hora de organizar estos eventos.
1) Somos una hermandad. ¿Podemos presentar la solicitud de forma presencial en Urbanismo?
De acuerdo con el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica están obligadas a relacionarse con la Administración por vía telemática (Sede Electrónica).
2) ¿Y si somos una peña flamenca, deportiva o recreativa, una asociación de vecinos o cualquier otra entidad parecida?
TAMPOCO. Ninguna persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica puede realizar su presentación presencialmente, sino por medios electrónicos (Sede Electrónica), según art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3) ¿Cómo se presenta la documentación en sede electrónica?
Por la Sede Electrónica, www.sedeelectronica.jerez.es, apartado “REGISTRO ELECTRÓNICO”. SI LA ENTIDAD NO CUENTA CON CERTIFICADO DIGITAL, puede autorizarse a alguien con certificado digital para que en nombre de la entidad presente la solicitud. Estos son los pasos: 1. Se entra con el certificado digital de la entidad o del representante o presentador (aportando la acreditación de representación correspondiente). 2. Una vez introducidos los datos de Contacto, en la ventana 2 rotulada “Registro”: a) En Asunto, seleccionar “SOLICITUD GENÉRICA DE LA WEB” b) En “Destino”, seleccionar “OFICINA GRAL URBANISMO” 3. En la siguiente ventana (nº3: Documentación), debe presentarse la documentación indicada en el apartado de INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR. 4. Tras el Consentimiento y la Firma electrónica de la solicitud, automáticamente obtendrá copia registrada de su presentación. 5. Las solicitudes que no hayan sido expresamente resueltas a la fecha prevista para la celebración del evento se entenderán desestimadas por silencio administrativo. Es decir: sin la licencia no se tiene autorización para celebrar la zambomba.
4) ¿Podemos usar megafonía?
En la vía pública NO. En establecimientos o sus espacios libres privados, para usar medios de reproducción o amplificación sonora, debe justificarse, como establece la normativa autonómica, el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, presentando: 1. Estudio acústico suscrito por técnico competente que garantice el cumplimiento del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía. 2. Informe de la instalación del limitador-controlador de emisiones musicales, realizado por técnico competente, según el citado Decreto 6/2012, de 17 de enero.
5) ¿Cómo debo contratar el seguro de responsabilidad civil? ¿Qué requisitos debe cumplir?
Para celebrar las Zambombas objeto del bando es necesario contratar y presentar Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que cumpla con el Decreto 109/2005, de 26 de abril. En concreto, debe cumplir estos requisitos: Que mencione expresamente que cumple con el Decreto 109/2005, de 26 de abril. El tomador del seguro debe ser el titular de la licencia. La actividad asegurada debe ser “CELEBRACIÓN DE ZAMBOMBA”. Debe indicar el lugar del evento. Las sumas aseguradas deben ser las establecidas en el citado Decreto 109/2005.
6) Voy a celebrar una Zambomba en casa con los amigos o con la familia, ¿necesito autorización?
NO. Es zambomba de carácter estrictamente privado o familiar.
7) Tenemos prevista la Zambomba en la vía pública. ¿Necesitamos instalar aseos? ¿Cuántos?
Lógicamente, la celebración de una Zambomba en la calle obliga a dotar de un número de aseos suficiente para cubrir las necesidades de los participantes y lograr mantener nuestras calles limpias. Al menos son necesarias dos cabinas completas, cada una con inodoro y lavabo. Una de ellas debe ser accesible según normativa. Se exime de esta obligación si la zambomba se celebra próxima a la sede del organizador, y siempre que se garantice que existen aseos al servicio de los participantes en el interior de la misma. Debe presentarse Declaración Responsable de dotación suficiente de aseos, que puede descargarse en el apartado correspondiente de la web.
8) Pensamos repartir pestiños y otros dulces navideños. ¿Por qué se exige una declaración responsable para la higiene de productos alimenticios?
Porque la normativa vigente obliga a que la manipulación y demás actividades realizadas con alimentos la realicen personas que hayan recibido la formación necesaria y suficiente. Será el organizador de la zambomba quien declare, mediante el modelo de declaración responsable que puede descargarse en el apartado correspondiente, que este requisito se cumple en sus zambombas