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No más muñecas hinchables en Tarifa: freno a las conductas molestas en despedidas y viviendas turísticas

La ordenanza establece que el propietario de un apartamento debe identificar verazmente a los inquilinos responsables de posibles "molestias vecinales" ocasionadas cuando los agentes de la autoridad lo requieran

Varias personas pasean por el centro de Tarifa, en una imagen de archivo.
Varias personas pasean por el centro de Tarifa, en una imagen de archivo. JUAN CARLOS TORO

El Ayuntamiento de Tarifa ha aprobado inicialmente una nueva ordenanza municipal de convivencia ciudadana y protección del espacio público, con la que se sancionarán determinadas conductas molestas e incívicas en el espacio público. La sanción máxima queda establecida en 600 euros, pues las conductas contempladas en la ordenanza son consideradas como faltas leves.

En el capítulo II, dedicado a regular las actividades de ocio en espacios públicos, el artículo 12 establece una serie de conductas prohibidas en el municipio, muchas de las cuales están relacionadas con las despedidas de soltero o soltera. En primer lugar, la ordenanza prohíbe transitar o permanecer en la vía pública sin ropa, en ropa interior o con prendas "que exhiban órganos sexuales de forma descarada"; con ropa o complementos "que representen los genitales del ser humano"; y con muñecos/as o elementos "de carácter sexual".

Las conductas descritas en este apartado, si persisten previa información de la prohibición por parte de los agentes de la Policía Local, podrán sancionarse con multas económicas de entre 100 y 600 euros.

Del mismo modo, el artículo 12 también prohíbe aspectos como "la permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana" y "la venta o dispensación de bebidas alcohólicas por parte de los establecimientos de hostelería o de esparcimiento para su consumo fuera del establecimiento".

Por otra parte, respecto a las viviendas turísticas, el artículo 24 recoge que el propietario del inmueble debe identificar verazmente a los inquilinos responsables de posibles "molestias vecinales" ocasionadas cuando los agentes de la autoridad lo requieran. 

Esta nueva ordenanza incluye también otras prohibiciones, como la de dormir a la intemperie, de día o de noche, en espacios públicos; la práctica de juegos en espacios públicos; la mendicidad con "actitudes coactivas o de acoso"; y la realización de acrobacias con bicicletas, patines o artefactos análogos en "escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas con discapacidad o diversidad funcional, barandillas, bancos, pasamanos o cualquier otro elemento del mobiliario urbano". Asimismo, también se incluye la prohibición de "la solicitud o aceptación por la persona demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores".

La nueva ordenanza fue aprobada de forma inicial en el pleno ordinario del pasado 18 de julio, y su anuncio fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz el 1 de agosto. Las personas interesadas tienen 30 días, desde la publicación, para formular alegaciones o sugerencias.

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