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Un crucero con comida de poca calidad: Viajes Halcón tendrá que pagar más de 5.000 euros a estudiantes sevillanos

Un juzgado de Sevilla considera probado que el viaje contratado por los jóvenes no se ajustaba a lo que realmente se encontraron en el barco

Imagen de un barco de la empresa.
Imagen de un barco de la empresa.
31 de marzo de 2025 a las 11:52h

El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla ha dictado una sentencia en la que condena a la agencia de viajes Viajes Halcón y a un grupo empresarial asociado, Gesgroups (Force Turística Group Sociedad Limitada), a indemnizar con 5.400 euros a un grupo de 18 estudiantes tras considerar que no se cumplió correctamente con el contrato de un crucero de fin de curso. La sentencia destaca varios incumplimientos, entre ellos, la calidad y variedad insuficiente de la comida, la falta de cumplimiento del régimen de visitas turísticas y una atención deficiente durante el viaje.

El contrato fue firmado en marzo de 2018, cuando los demandantes, representados por el abogado Fernando Osuna, acordaron con Viajes Halcón un paquete turístico bajo la modalidad de "pack premium", por un precio de 740 euros por persona. Sin embargo, los viajeros se mostraron insatisfechos con los servicios prestados, ya que el crucero no cumplió con las expectativas generadas, y la experiencia fue muy inferior a lo acordado.

En su demanda, los afectados explicaron que el barco no reunía las condiciones prometidas, que la calidad de la comida era deficiente, con poca variedad y la ausencia de opciones como frutas o pescado. Además, denunciaron que los alimentos eran reciclados de las comidas anteriores y que no se atendieron correctamente las necesidades alimenticias específicas de algunos pasajeros. También se quejaron de la ausencia del servicio buffet prometido.

La denuncia incluyó otros aspectos negativos, como la falta de bebidas ofrecidas según lo acordado, la no realización de las actividades promocionadas, la ejecución apresurada de las excursiones y la escasa limpieza en el barco. Los viajeros señalaron que la megafonía no funcionaba adecuadamente, que la tripulación no hablaba español y que no se realizó ningún simulacro de seguridad, a pesar de ser una práctica habitual en los cruceros.

El juzgado, al examinar la documentación del caso, determinó que, aunque algunos aspectos de la demanda no fueron admitidos, sí se confirmaron varios incumplimientos importantes. En concreto, se constató que las actividades a bordo no se llevaron a cabo tal como se había prometido, y que las piscinas no estuvieron disponibles durante buena parte del viaje. Además, se probó que no se ofrecieron las comidas buffet que se habían especificado en el contrato, y que la calidad de la alimentación era muy deficiente.

Respecto a las visitas turísticas, el juzgado también concluyó que no se cumplieron los itinerarios pactados, ya que el barco no pudo permanecer en puerto el tiempo necesario para realizar las excursiones previstas. Los viajeros también vivieron una situación de desamparo, ya que solo una persona hablaba español, lo que dificultó la comunicación y generó una sensación de zozobra entre los estudiantes.

Mala calidad de la comida

El tribunal señaló que algunos de los alumnos se sintieron tan mal por la calidad de la comida que decidieron no comer en el barco y optaron por comprar víveres en los destinos visitados. Esta situación de insatisfacción generalizada motivó que los responsables del viaje tuvieran que intervenir directamente con el personal del barco, incluyendo al cocinero y al médico, sin que se mejorara la atención ofrecida.

A lo largo de la sentencia, el juez destacó que la situación vivida por los estudiantes durante el viaje de fin de curso estuvo lejos de cumplir las expectativas generadas por el contrato. El fallo señala que esta experiencia causó un perjuicio emocional considerable a los afectados, quienes no pudieron disfrutar del viaje como se había prometido. Las reclamaciones verbales realizadas durante el viaje no fueron atendidas de forma adecuada, lo que agravó aún más la situación.

Finalmente, el juzgado estimó parcialmente la demanda y condenó a Viajes Halcón y Gesgroups a indemnizar a los demandantes con una cantidad total de 5.400 euros, que deberán abonar solidariamente ambas empresas. Esta cantidad deberá ser pagada, además, con los intereses legales correspondientes desde la fecha en que se presentó la demanda. La sentencia se ha considerado un importante precedente en cuanto al cumplimiento de los contratos de servicios turísticos, especialmente en lo que respecta a la calidad de los servicios prometidos.

 

Sobre el autor

Emilio Cabrera.

Emilio Cabrera

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