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Inmatriculación y desamortización

Las inmatriculaciones parten de un hecho erróneo, y por ello son sujetos dignos de una nueva desamortización

13 de febrero de 2025

La reversión de la mayor parte del Patrimonio desamortizado no fue, como habitualmente se le denomina devolución. Porque sólo se puede devolver aquello que es o ha sido propiedad. La desamortización no fue una expropiación, porque el Patrimonio desamortizado nunca ha sido propiedad de la Iglesia Católica.

Los reyes de Castilla y los de Aragón, repartían generosamente, con derecho de uso los territorios y construcciones conquistados a sus legítimos propietarios: los vencidos en las guerras de conquistas calificadas indebidamente como reconquista, en atención al espíritu de la especial y falseada «Historia de España», mandada a escribir por el analfabeto rey de León Alfonso III. Historia a su vez basada en la leyenda-poema dedicada al inexistente «conde Fernán González”.

Por derecho de conquista, se expropiaban aquellas propiedades a sus legítimos propietarios y se entregaban con derecho de usufructo a la nobleza, las hermandades militares y la Iglesia, en reconocimiento a su participación en la cruzada.

Por lo tanto, las iglesias, ermitas, capillas, parroquias, catedrales, conventos, casas de vecinos, cortijos, cementerios, fuentes públicas, calles y plazas que la jerarquía de la Iglesia Católica ha registrado a su nombre, ha sido una usurpación ilegal e ilegítima e ilógica, porque esos más de cien mil bienes, nunca han sido propiedades, porque no han sido de nadie, ya que su único y legítimo propietario es el pueblo. El común.

Las cesiones en uso no son propiedad, son una cesión intemporal, que en cualquier momento pueden pasar de nuevo a su único propietario, el común. Porque lo que es del común no es de nadie, porque es de todos. De absolutamente todos los habitantes de la localidad o comunidad dónde esté enclavada la correspondiente propiedad del común y registrarla a nombre de alguien, en este caso del Cabildo, Obispado ú Arzobispado correspondiente es violentar la propiedad comunal.

Las inmatriculaciones, por tanto, parten de un hecho erróneo, y por ello son sujetos dignos de una nueva desamortización,  pues aunque las primeras se hayan amparado en la reforma de la ley hipotecaria hecha durante la dictadura y reformada de nuevo por José María Aznar, no respetan la base: que las propiedades del común, al ser de todos, no pueden pasar a ser de nadie, para que puedan continuar siendo de todos. Por tanto, no se pueden pignorar. Y la apropiación llevada a cabo por la jerarquía eclesiástica con la connivencia de los registradores, no puede legítima ni legalmente otorgar capacidad notarial a los obispos, quienes merecen todo nuestro respeto, pero a otros niveles.

En definitiva, la inmatriculación hecha por treinta monedas (casualmente la misma cifra acordada por Judas para vender a Jesús de Nazaret) carece de consistencia legal para que pueda mantenerse en poder de quienes no la han comprado, porque no se pueden comprar ni vender, repetimos, tan sólo las han inscrito a su nombre en contra de la norma elemental de que las propiedades del común no pueden pasar a ser de nadie en particular. Por eso están dentro de una figura jurídica, la ilegalidad sobrevenida. Pues peor es todavía y más fácil su reversión al común, de todas las inmatriculaciones llevadas a cabo después de la derogación de la reforma realizada por Aznar.

Las plataformas por la recuperación de los bienes del Común, unas cincuenta en el Estado, recuerdan que en ningún lugar de Europa las catedrales y las iglesias son propiedad de la Iglesia, salvo aquellas que hayan sido construidas enteramente a sus expensas o que en algún momento histórico hayan sido regaladas, caso que no es este. Y como ejemplo recuerdan que las catedrales de Lisboa o de París, son del Estado, es decir, del Común.

En el Estado español nadie ha pretendido dejar a la Iglesia sin lugares de culto. Al contrario, nadie se opone a que las sigan manteniendo en usufructo, pero no en propiedad. Sí se reclama, con toda la razón, el desvelar el total de las inmatriculaciones realizadas; exigir por las autoridades a los registradores la disponibilidad pública de estas y al gobierno y los ayuntamientos, a su vez, corresponde dejar de silbar, porque no sirve para disimular y obligar al descubrimiento de lo que no debe guardarse con tanto secretismo. Se pide, porque tenemos derecho, la relación completa de las inmatriculaciones realizadas en cada localidad. Y si a la Iglesia católica los treinta euritos les son tan provechosos como le fueron al Iscariote, que se lo hubieran pensado antes de empezar a apoderarse de esos bienes de todos.

Además, se requiere urgencia al Gobierno, como máxima autoridad, porque algunas de las propiedades inmatriculadas ya han sido vendidas y otras han sufrido reformas  y mermas inadmisibles, como la utilización de una parte de la nave de la Biblioteca Colombina en Sevilla, para instalar una tienda de recuerdos. Casi, casi, el timo de la estampita. No, peor.

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