Infravivienda de una familia a punto de ser desahuciada.
Infravivienda de una familia a punto de ser desahuciada.

En el año 1988, el 14 de diciembre, se convocó en España una huelga general. La política económica de González y Solchaga quiso quebrar los derechos de los trabajadores y a los sindicatos. Aquel abuso del Gobierno fue parado en seco. Hoy las cosas son aparentemente distintas, aunque, ese abuso de derecho sigue campando a sus anchas y se ceba en los más débiles, en este caso, son los “fondos buitre”, coadyuvantes de la especulación inmobiliaria y financiera, los que aprovechando la coyuntura económica actual y la pandemia instan judicialmente desahucios, negando cualquier solución habitacional a personas trabajadoras y honradas, deudores de buena fe, que quieren una forma posible de hacer frente a la deuda hipotecaria o a sus arrendamientos habida cuenta la situación actual.

La gran mayoría en régimen de alquiler social derivado de la entrega (dación en pago) de la vivienda o adjudicación de esta como consecuencia de un procedimiento de ejecución hipotecaria, o, en otros casos, habitan en la vivienda con el consentimiento de la entidad bancaria, como es el caso de algunas familias en los Distritos de barrio más deprimidos de Andalucía que están a la espera permanente de formalizar un contrato de arrendamiento que no se formaliza definitivamente por la aparición a última hora de “algún imprevisto”.

Por señalar algún ejemplo, es el caso de Almanjáyar en el Distrito Norte de Granada, lugar donde es imposible alquilar o vender un inmueble a precio de mercado, motivo por el que parece que para esos “Fondos” es más rentable vender o alquilar a determinados intereses más centrados en actividades ilegales, lo que trae como resultado los conocidos cortes de luz por sobrecarga de la instalación. La cuestión tiene su origen cuando las entidades bancarias venden sus activos inmobiliarios en esas zonas deprimidas a esos “Fondos” y estos sin más trámite proceden a solicitar el desahucio exprés por considerar ocupas (lo que es del todo falso) a las familias que residen en esas viviendas durante bastantes años.

El Gobierno de España por motivo del estado de alarma legisló que los desahucios quedaban en suspenso  hasta el 31 de enero de 2020. Hizo un real decreto que a la vista de los hechos a todas luces es insuficiente. Esa regulación pasa desapercibida en los tribunales, dejando a niños, ancianos y dependientes en la calle, abandonados a su suerte, razón por lo que ahora se debería ampliar y concretar más el ámbito de las medidas de prohibición para desahuciar (el ministro Ábalos ha llegado a decir que en teoría no está permitido).  Es inadmisible para nuestra democracia que se aproveche la pandemia para llevar a cabo desahucios.

El Gobierno de España no puede mirar a otro lado y debe velar  por el cumplimiento de lo que legisla. Las comunidades autónomas tres cuartas de lo mismo y los ayuntamientos deben activar los servicios sociales cumpliendo con sus funciones. La plataforma social Stop Desahucios ha elaborado una serie de  medidas posibles, entre otras,  destaco los planes integrales de desarrollo comunitario de las barriadas de viviendas en alquiler social, lo que incluye un acuerdo con los grandes tenedores que las acumulan, a los que hay que hacer ver que es más beneficioso el alquiler social y la economía real que la venta de esos inmuebles a quienes luego los utilizan para realizar actividades prohibidas.  De todo ello son conscientes las autoridades municipales que deben implicarse, a modo de mediadores, en la solución de procurar una vivienda adecuada con base a la ya acordada por el Comité de Derechos Sociales de la ONU, dicho sea de paso, ya ha sancionado a España por incumplir los protocolos acordados sobre el derecho a una vivienda adecuada, valga la redundancia. En el mismo sentido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de la Unión Europea.

Nuestro Estado de Derecho no puede asumir como práctica que la gente, siempre me refiero a los deudores de buena fe, que son aquellos que lo primero que hacen es pagar su hipoteca o el alquiler, pero que atraviesan gran dificultad por la precariedad de sus empleos o la pérdida estos, o el ingreso por ERTE es insuficiente (muchos contratos de trabajo, además, tienen una base reguladora inferior a la jornada laboral real, de la que una parte no se cotiza a la seguridad social),  se queden en la calle por la especulación inmobiliaria y/o financiera.

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